Los delitos fiscales
INFRACCIONES
Y SANCIONES
EN MATERIA
FISCAL DERECHO TRIBUTARIO 527
la ley al evento consignado. de la acción Desde acción penal procesal debe penal, penal.
la consignación
inicia la vida
luego,
entenderse corre
que
al prescribir suerte
la
procesal en concreto
la misma
la acción la fun-
pero en ningún del Estado. y refiriendo
caso prescribe. En ~rimer lugar, es criticable que dentro del Códi o Tnbutano Fede l g , ra, que es un ordenamiento jurídico heterogeneo por co t d' .. , n ener ISpOSIClones legales de diferente. ,naturaleza: sustantivas, procesales, penales, etc., tamblen se regule lo relativo a los delitos fiscales. Con tal proceder se dispersa el Derecho Positivo Pe-
ción persecutoria Concretando tículo
las ideasanteriores
al artenemos
nal Mexicano,
careciendo
por lo tanto
de sistematización
100 del Código
Fiscal de
la Federación,
que establece un lapso para la operancia de la prescripEsta prescripción es ción de la acción procesal penal. independiente cienda tiempo, carece del deseo Público) según del ofendido y basta las hipótesis al órgano facultades (Secretaría marcadas deHadel en diy la sopor ; Crédito con el transcurso el Ministerio para
razón por la cual mejor sería, desde los puntos de visto técnico ' ti . Y prac ICO, que todo 'o referente a los delitos fiscales y sus reglas propias se alojaran en un título expreso en el Código Penal. De esta manera, tración ponde, de los delitos restándole Penal se daría otro poso para y utilidad la concenal tecnicisen el
3ó 5 años, Pasado de poder
cho numeral. si lo hubiere, inoperancia para penal, nisterio 5.-LOS exigir
el término, excitar
Público ya declarar
en el Cuerpo 1E:~galque les corresque regula el artículo 60. Federal, con base a dicho Ordeen él se ~'ude' de "deen el/as
para
jurisdiccional
así importancia del Distrito toman
el juez tiene de tales
mo jurídico de la supletoriedaddel Código namiento cual los delitos regulados punitivo
pretensiones
del representante del Ministerio la acción
cial ya que el derecho-obligación la aplicación prescripción. Esto es, al extinguirse la acción nacido
Público procesal o sea el del Mi-
en leyes distintas vida en cuanto
de la ley se ha extinguido final en concreto de un delito.
a la v'igencia de los delitosprevistos (circunstancia de la que emana aplicándose del Código parte litos especiales"), las disposiciones por así decirlo,
en leyes especiales.
se extingue
la denominación en 'o no previsto Penal
derecho-cbligación
con el conocimiento
Público de la comisión DELITOS FISCALES.
del Código
la ley e . I . speCla, es Penal, aplicándose con
Antes de hacer mención regulan señalar enel Código dos puntos
a los delitos
fiscales que se c.onviene
e~clusión de otro mandato lo en el/a previsto y el Cópor la misma. digo Penal en lo' no contemplado También les", ya que es criticable de acuerdo el rubro "De los Delitos Fiscacon una interpretación letris-
Fiscal de la Federación,
importantes:
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tica puede de delitos
llevar al absurdo cometidos
de hacer pensar que s~ trata r, se opera Inando una simplificación medida y una mayor precisión elien el se las conductas en gran fual Código típicas que se pretende el casuismo fiscales". que se proponen, tanto en su una 'en cuenta el daño Fiscal de la Federación de los delitos sancionar, que priva (el de 1967)
por el Fisco y nocontra el FIsco. es usar la expresión va dirigida "Delitos hacia
En tal virtud, lo indicado contra qué bien jurídicamente informativa
el Fisco" ya que así claramente tutelado de los tipos. lugar, que de y aceptando fiscales
se indica
la conducta
duce el número "En lo que n la mayoría
mínimo
En segundo gulación deral, tenemos tanto
sin conceder
la re-
toca a las...
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