MEDIDAS DE APREMIO EN MEXICO
ARTICULO 40 CFF
Cuando los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, se impongan, impidan u obstaculicen físicamente el inicio o desarrollodel ejercicio de las facultades de las autoridades, estas podrán aplicar como MEDIDAS DE APREMIO:
medidas de apremio
Procedimiento judicial o administrativo ejercido por la autoridad cuando sele obstaculice o no se le permita ejercer sus facultades.
Solicitar el auxilio de la fuerza pública.
Imponer la multa que corresponda en términos de éste código.
Decretar el aseguramientoprecautorio de los bienes o de la negociación del contribuyente.
Solicitar a la autoridad competente se proceda por desobediencia a un mandato legítimo de autoridad competente.
Aseguramientoprecautorio: la autoridad deberá levantar acta circunstanciada en la que precise de que manera el contribuyente se opuso, impidió u obstaculizó el inicio o desarrollo de las facultades de la autoridad.
lasautoridades y cuerpos de seguridad deberán prestar en forma expedita el apoyo que la utoridad fiscal solicite y consistirá en efectuar las acciones necesarias para que la autoridad ingrese al domicilio,establecimiento, sucursal o locales
¿QUE ES UN REQUERIMIENTO?
Un requerimiento es un documento que envía la autoridad fiscal a un contribuyente por un posible error u omisión en el cumplimiento deobligaciones fiscales.
le podrá requerir por alguno de los motivos siguientes, entre otros:
Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones).
Aclaración de requerimientospor no presentar solicitud de inscripción o los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales.
Aclaración de requerimientos por presentar declaracionescon errores u omisiones de datos.
Aclaración sobre créditos fiscales. Adeudo por error aritmético en declaraciones.
Aclaración sobre créditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado....
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