morfologia
PRESENTADO POR:
JESUS MENDOZA
AL DOCTOR:
WILMAN GUERRERO
EN LA ASIGNATURA DE:
DERECHO POLICIVOUNIVERSIDAD DE LA COSTA"CUC"
BARRANQUILLA 4 DE MARZO DEL 2014
FACULTAD DE DERECHO
La Corte Constitucional ha señalado unos límites precisos al ejercicio del poder y la función depolicía en un Estado democrático de derecho: (A) Debe someterse al principio de legalidad; (B) Debe tender a conservar y restablecer el orden público; (C) Las medidas que se adopten deben serproporcionales y razonables, no pueden traducirse en la supresión absoluta de las libertades o en su limitación desproporcionada; (D) no pueden imponerse discriminaciones injustificadas a ciertos sectores; (E) lamedida policiva debe recaer contra el perturbador del orden público, pero no contra quien ejerce legalmente sus libertades, y (F) las medidas policivas se encuentran sometidas a los correspondientescontroles judiciales. Aspectos que de antemano impiden que el ejercicio del poder de policía atente contra los derechos fundamentales, entre ellos, el derecho al debido proceso.
La preservación delorden público en beneficio de las libertades democráticas, supone además el uso de distintos medios: (A) el establecimiento de normas generales que limitan los derechos para preservar el orden público;(B) la expedición de actos normativos individuales, dentro de los límites de esas normas generales; (C) el despliegue de actividades materiales, que incluyen el empleo de la coacción y que se traduceen la organización de cuerpos armados y funcionarios especiales a través de los cuales se ejecuta la función.
El poder de policía se caracteriza por su naturaleza normativa y por la facultadlegítima de regulación de actos de carácter general, impersonal y abstracto, orientados a crear condiciones para la convivencia social, en ámbitos ordinarios, y dentro de los términos de salubridad,...
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