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Páginas: 29 (7022 palabras) Publicado: 30 de junio de 2012
CAPíTULO III

DELITOS CONTRA LA SALUD



SUMARIO: Sub capítulo 1: Consideraciones generales.!. Preliminares. 2. Concepto del bien jurídico salud. 3. El bien jurídico del delito de lesiones en el sistema penal peruano. Sub capítulo 2: Lesiones graves. l. Tipo penal. 2. Tipicidad objetiva. 2.1. Circunstancias que califican la lesión como grave. 2.2. Lesionesgraves seguidas de muerte. 2.3. Si la víctima cumple función especial. 2.4. Bienjurídico protegido. 2.5. Sujeto activo. 2.6. Sujeto pasivo. 3. Tipicidad subjetiva. 4. Antijuridicidad. 5. Culpabilidad. 6. Con·sumación. 7. Tentativa. 8. Penalidad. Subcapítulo 3: Lesiones graves a menores y parientes.!. Tipo penal. 2. Tipicidad objetiva. 2.1. Bien jurídico protegido. 2.2. Sujeto activo. 2.3. Sujetopasivo. 3. Tipicidad subjetiva. 4. Penalidad. Subcapítulo 4: Lesiones leves.!. Tipo penal. 2. Tipicidad objetiva. 2.1. Bien jurídico protegido. 2.2. Sujeto activo. 2.3. Sujeto pasivo. 3. Tipicidad subjetiva. 4. Lesiones simples seguidas de muerte. 5. Antijuridicidad. 6. Culpabilidad. 7. Consumación. 8. Tentati· va. 9. Penalidad. Subcapítulo 5: Lesiones simples a menores y parientes. 1. Tipo penal. 2.Tipicidad objetiva. 2.1. Sujeto activo. 2.2. Sl~eto pasivo. 3. Tipicidad subjetiva. 4. Lesiones leves a parientes seguidas de muerte. 5. Penalidad. Subcapítulo 6: Lesiones con resultado fortuito.!. Tipo penal. 2. Tipicidad objetiva. 3. Tipicidad subjetiva. 4. Penalidad. Subcapítulo 7: Lesiones culposas. 1. Tipo penal. 2. Tipicidad objetiva. 2.1. Lesiones culposas agravadas. 2.2. Bien jurídicoprotegido. 2.3. Sujeto activo. 2.4. Sujeto pasivo. 3. Tipicidad subjetiva. 4. Consumación. 5. Procedimiento para la acción penal. 6. Penalidad. Subcapítulo 8: Lesiones al feto. 1. Cuestión preliminar. 2. Tipo penal. 3. Tipicidad objetiva. 3.1. Bien jurídico tutelado. 3.2. Sujeto activo. 3.3. Sujeto pasivo. 4. Tipicidad subjetiva. 5. Consumación y tentativa. 6. Penalidad.Subcapítulo 1

Consideraciones generales



l. PRELIMINARES


Después de haberse analizado dogmáticamente todos los hechos punibles que nuestro legislador ha previsto como actos que ponen en peligro o lesionan la vida de las personas, corresponde ahora hacer un estudio dogmático de los ilícitos penales debidamente regulados en elCapítulo III del Título Primero del corpus juro penale, que se etiqueta con el nomen iuris de "lesiones".

En la doctrina del derecho punitivo aparecen hasta dos posiciones encontradas que tratan de señalar y sustentar el bien jurídico que el Estado pretende proteger o tutelar cuando tipifica como injusto penal las diversas modalidades de lesiones. En efecto, la posición tradicional y la más avanzada.La posición tradicional y por ello mayoritaria, sostiene que en los ilícitos de lesiones se trata de proteger hasta dos bienes jurídicos totalmente identificables y diferenciables como son la integridad física y la salud de la persona. En tanto que la teoría más moderna y aún con pocos seguidores como Rodríguez Devesa, Quintana Ripollés y con Ignacio Berdugo Gómez de la Torres como el másrepresentativo (268), sostiene que el único bien jurídico que se pretende proteger con la tipificación de las diversas modalidades de lesiones es la salud de las personas. En efecto, como aparece objetiva y científicamente, cualquier ataque a la integridad física o mental de la persona trae como efecto inmediato una afección a la salud de aquella. De modo que todos los supuestos que el legisladorenumera hacen referencia a distintos aspectos de un único bien jurídico de mayor amplitud como lo es la salud de las personas. En consecuencia, no tiene ningún sentido práctico identificar a la integridad corporal y la salud de la persona como bienes jurídicos distintos.

Nosotros nos adherimos a la teoría avanzada debido que se sustenta en circunstancias científicas y contrastables objetivamente...
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