Nombramiento
1. ASUNTO
Beneficio sobre la base de cálculo para el Pago de la Asignación por cumplir 25 y 30 años de servicios al Personal Civil del Ejército.
2. DOCUMENTOS DEREFERENCIA
a. Decreto Ley Nº 22404 – 26/12/78 .- Art 24º
b. D.S Nº 018 – 79 – EF – 16/02/79 .- Art. 24º y 25º
c. Decreto Legislativo Nº 276 – 06/03/84 .- Art. 54º
d. D.S Nº 051 - 91- PCM– 04/03/91.- Art. 8º y 9º
e. D.U Nº 058 – 2000 - 15/08/2000 .- Art. 3º. Inc. g)
f. D.U Nº 128 – 29/12/2000 – Disposición Derogatoria Única.
3. ANTECEDENTES YSITUACIÓN
El Ejército del Perú pagó el beneficio de 25 y 30 años servicios al personal civil, de acuerdo a lo establecido en D. Ley Nº 11377 y D. Leg Nº 276: Remuneración Total Mensual, hasta larecepción del Of. 206 de Feb 07 – MINDEF, con el que dispone realizar el pago de acuerdo al DS 051-91-PCM en base a la Remuneración Total Permanente, orden que se cumplió hasta Abr 08, en vista que elpersonal civil ha presentado reclamos a Derechos de Personal de la DIGEPERE, asi como las demandas judiciales iniciadas aumentaban cada vez, esta Dependencia consultó a la DIPER para analizar estaproblemática, por lo que se realizo la consulta a los asesores legales, (DIPER, OAJE) que opinaron el retorno en forma favorable y de acuerdo a lo establecido en el D Leg Nº 276 que es laremuneración total mensual, conforme se viene pagando hasta la fecha.
4. CONCLUSIONES
La Institución debe realizar el pago del beneficio por cumplir 25 y 30 años de servicio al Estado del personalcivil, tomando como base la jerarquía de normas, de acuerdo a lo establecida en el Art. 54.- del D. Legislativo Nº 276 que establece “La asignación por cumplir 25 o 30 años de servicios: se otorga porun monto equivalente a dos remuneraciones mensuales totales, al cumplir 25 años de servicios y 3 remuneraciones mensuales al cumplir 30 años de servicios”, sin embargo, el MINDEF, con oficio No...
Regístrate para leer el documento completo.