obligaciones civiles y Naturales
Obligaciones Civiles: son aquellas que otorgan al acreedor acción para obtener y el cumplimiento de la prestación en caso deincumplimiento del deudor. Conforme al Art. 515 del C.C. son las que da derecho al acreedor a exigir el cumplimiento de la prestación, a tomar medidas precautorias, ejecución de un tercero.Obligaciones naturales: son aquellas que no confieren al acreedor tal prerrogativa, pero, cumplidas espontáneamente, no autorizan la repetición de lo pagado. Estas obligaciones se caracterizan por lainejecutabilidad y la irrepetibilidad, es decir, no hay acción para exigir el cumplimiento, pero si el deudor cumple de forma espontánea, ese pago es irrepetible, no puede pedir la devolución de lo pagado.Surge del Art. 515 C.C.: acreedor carece de acción, para obtener la ejecución de esa obligación. Autoriza al que recibe, acreedor, a retener lo que el deudor le hubiere dado en concepto de esaobligación natural.
2. ¿Cuáles son las deudas de Juego? Obligaciones Civiles y Obligaciones Naturales.
Se distinguen 3 categorías de Juegos:
Deudas de juego regulados por el ordenamiento jurídico, aquílas obligaciones son civiles. Como es la Lotería.
Deudas de juego tolerados, pero no prohibidos, aquí las obligaciones son naturales. Ellas son: destrezas de armas, corridas, etc.
Deudas de juegosprohibidos. Ej. Riña de Gallos.
3. Hacer una Comparación entre Plazo y Condiciona.
PLAZO
CONDICION
Es siempre de producción inexorable pues fatalmente ha de ocurrir
Es necesariamenteincierta y contingente
Determina el comienzo o el fin de la exigibilidad de un derecho
Subordina la propia eficacia de ese derecho y no solo su exigibilidad a un acontecimiento futuro e incierto que puedeo no suceder.
Produce efecto para el futuro
Sus efectos operan, el principio retroactivamente.
4. Cuadro Sinoptico sobre efectos de las Condiciones Suspesivas y Resolutorias.
Condicion...
Regístrate para leer el documento completo.