ODECA
INSTRUMENTOS INTERNACIONALES; Aprobado el 09 de Julio de 1968
Publicado en La Gaceta No. 177 del 06 deAgosto de 1968
APRUÉBASE PROTOCOLO DE REFORMA A LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA CARTA DE LA ODECA
ANASTASIO SOMOZA DEBAYLE
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
POR CUANTO:
El día trecede Diciembre de mil novecientos sesenta y siete los Ministros de Relaciones Exteriores de las República de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, suscribieron en la ciudad deManagua, Nicaragua, el PROTOCOLO DE REFORMA A LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA CARTA DE LA ODECA, cuyo texto es el siguiente:
PROTOCOLO DE REFORMA A LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA CARTA DE LAODECA
Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica,
CONSIDERANDO:
1. Que es de interés general propiciar la progresiva vinculación de Panamá alsistema centroamericano, sin perjuicio de buscar solución a los problemas que puedan obstaculizar su integración total inmediata;
2. Que la Carta de la ODECA, en sus Disposiciones Transitorias, recogeprocedimientos para este objeto, pero, por una parte, no toma en consideración posibles problemas relativos a la Integración Económica, y por otra parte, no prevé la participación parcial de Panamá enórganos originarios de la ODECA;
3. Que es de conveniencia e interés general modificar las Disposiciones Transitorias de la Carta con objeto de resolver los problemas a que se refiere elConsiderando anterior; y
4. Que la Segunda Conferencia Ordinaria de Ministros de Relaciones Exteriores de Centro América, celebrada en San José de Costa Rica, del 21 al 25 de Noviembre de 1966; recomendó alos Gobiernos de los Estados Miembros la modificación de los artículos 1 y 2 de las Disposiciones Transitorias de la Carta de la ODECA.
POR TANTO:
Los referidos Gobiernos suscriben el presente...
Regístrate para leer el documento completo.