Parcial Derecho Civil 2 Ubp 2012
Art. 1497.-El locador no puede rescindir el contrato por necesitar la cosa para su propio uso, o el de su familia.
2) Según el Art. 1498-Enajenada la finca arrendada, por cualquier acto jurídicoque sea, la locación subsiste durante el tiempo convenido
Los estudiantes universitarios se quedaran en el departamento hasta que termine el contrato de alquiler realizado con el anteriorpropietario. La enajenación de la cosa no afecta el contrato de locación y el locatario tiene derecho a seguir en el uso y goce de la cosa por todo el término convenido.
3.-Art. 1409. - El vendedor debeentregarla cosa vendida, libre de toda otra posesión, y con todos sus accesorios en el día convenido, y si no hubiese día convenido, el día en que el comprador lo exija.
Obligación de entregar:Procedimiento para obtener su cumplimiento. El comprador puede obtener el cumplimiento de la obligación de entregar el inmueble vendido mediante el interdicto de adquirir la posesión, aunque el título no hayasido inscripto en el registro de la propiedad.
4) Art. 1412. - Si el vendedor no entrega la cosa al tiempo fijado en el contrato, el comprador puede pedir la resolución de la venta, o la entrega de lacosa.
1412-6- Entrega libre de ocupantes:
Procede la resolución de la promesa de venta si se pacto que la finca se entregaría libre de ocupantes, y el promitente no cumple con esa obligación en elplazo convenido, habiéndoselo constituido en mora; pero no corresponde la resolución del contrato sí el adquiriente lo admitió en tales condiciones.
Art. 1413. - Si el vendedor se hallareimposibilitado para entregar la cosa, el comprador puede exigir que inmediatamente se le devuelva el precio que hubiese dado, sin estar?..
Art. 1109. - Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o...
Regístrate para leer el documento completo.