Poder constituyente. Derecho Constitucional.

Páginas: 18 (4486 palabras) Publicado: 30 de octubre de 2013
A. Constituyente originario
El constituyente originario es aquel órgano que crea la norma fundamental de un sistema jurídico y, por medio de la misma, da lugar a la fundación de un Estado. Este tipo de constituyente suele tener como única tarea la de crear la Máxima de las Leyes, donde han de originarse los órganos que representan y conducen al gobierno de un Estado, se consagra elprocedimiento de creación de las normas, se establecen los derechos fundamentales de los gobernados y se procura un estándar social justo y digno; por lo que las funciones gubernamentales que han de ejercitarse con posterioridad, encontrarán su definición y atribuciones en la misma. En estos términos, es común encontrar que se intenten diferenciar los "poderes" constituidos del constituyente, pero con purezacientífica, no existe razón para considerar que necesariamente el último no pueda tomar el lugar del o los primeros y, ciar ejemplo de nuestra aseveración) o es el constituyente permanente.
B) Constituyente permanente
El constituyente permanente es aquel que, ya durante la vigencia de la Constitución, puede adicionar, reformar, derogar o abrogar el texto de la Ley de Leyes.
1. Conformación
EnMéxico, el constituyente permanente, de acuerdo con el articulo 135 de la Constitución, se conforma por el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los estados.
2. Facultades de adición y reforma constitucional
Según el dispositivo citado con anterioridad, en México el constituyente permanente no tiene facultades de derogar o abrogar la Constitución y, sus atribuciones, se limitan a adicionaro reformar el texto constitucional. No obstante, con algo de simplismo lógico es elemental que si se reforman algunos o todos los dispositivos constitucionales, entonces necesariamente se está derogando o abrogando a la Ley. Fundamental.
El procedimiento de adición o reforma constitucional mexicano, usualmente se ha interpretado como que consiste en el mismo que para adicionar o reformar una leysecundaria, con la salvedad de que el quórum de votación elemental es de las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas de los Estados.
Desde nuestro muy particular punto de vista creemos, sin embargo, que la " correcta interpretación de la norma contenida en el articulo 135 de la Carta Magna mexicana, siendo éste un dispositivoespecializado y sin relación a los diversos 71 y 72 previstos para la creación, adición o reforma de las leyes secundarias, es la siguiente: para adicionar o reformar el texto constitucional el Congreso de la Unión no funcionará en cámaras, como lo prevé el articulo 72 constitucional, sino que lo hará en asamblea única; por lo mismo, no existirá más que una sola discusión y aprobación de la iniciativa,no habrá lugar al veto del Ejecutivo Federal, no requerirá, la adición o reforma, de promulgación del Ejecutivo Federal, la publicación de la misma en el Diario Oficial de /a Federación es forzosa para el Ejecutivo Federal y, en concreto, no se seguirá el procedimiento general para la creación de las leyes secundarias; además, el Ejecutivo Federal no tendrá facultades para iniciar una adición oreforma de la Constitución, por no estar previsto en el procedimiento instaurado por el artículo 135 constitucional, como porque no tiene facultades para lo mismo.
En suma, el procedimiento de adición o reforma constitucional consistiría en la iniciativa por algún miembro del Congreso de la Unión o la Legislativa del algún Estado, la discusión y aprobación por, al menos, dos terceras partes de losmiembros presentes del Congreso de la Unión; la aprobación por la mayoría de las Legislaturas locales, el cómputo de las mismas y la declaración de aprobación por el Congreso de la Unión o la Comisión Permanente, y la publicación en el Diario Oficial de /a Federación, de la adición o reforma.
PODERES CONSTITUIDOS
Los mal llamados poderes constituidos, que no son otra cosa que los órganos...
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