Prectica derecho internacional privado orden público

Páginas: 8 (1788 palabras) Publicado: 8 de febrero de 2012
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO II





ACTIVIDAD nº 2








Tema 2


NORMAS DE APLICACIÓN


(la excepción de orden público internacional)





















































CURSO / 2012



DERECHO APLICABLE


Tema 2


NORMAS DE APLICACIÓN


(la excepción de orden público internacional)3. PREGUNTAS


1.¿Sería posible celebrar un matrimonio poligámico en España? ¿Entre españoles? ¿Entre extranjeros?


En este caso no sería posible celebrar un matrimonio poligámico entre españoles y ni siquiera entre extranjeros porque según la ordenamiento jurídico español la celebración de un matrimonio poligámico va en contra de los principios esenciales del mismo y por lo tanto va encontra del orden público español. Los principios esenciales que serían vulnerados en caso de la celebración de dicho matrimonio serían el de monogamia y de dignidad de la mujer, a parte de que también dañaría la paz social.


En estos casos se interpondría la excepción de orden público en el que se descarta la aplicación de la ley extranjera porque va en contra de los principios fundamentalesdel derecho español que sería el país de los tribunales que conocerían del asunto al celebrarse el matrimonio en España.





2. ¿Le parece lo mismo celebrar el matrimonio (en España) que reconocer efectos en España a un matrimonio poligámico celebrado en el extranjero entre extranjeros?

En este caso depende de la argumentación que mostremos a la hora de decidir si defender o no el que sereconozca los efectos de dicho matrimonio celebrado en el extranjero. En caso de que decidamos estar a favor de aplicar los efectos podemos indicar que si que no sería lo mismo celebrar el matrimonio en España que reconocer los efectos de un matrimonio poligámico en el extranjero de extranjeros porque el matrimonio tiene que ser legal en la legislación extrajera y no en la española y por lo tantosi es valido en dicha legislación se establecerán los efectos de matrimonio válido según la legislación española. Además estaríamos ante la excepción de orden público internacional atenuado porque los efectos de dicho matrimonio no producirían un daño sustancial a la estructura de la sociedad española.
En caso de que no estemos a favor de aplicar los efectos de un matrimonio poligámico diremosque si que es lo mismo celebrar dicho matrimonio en España que reconocer sus efectos, argumentando que en todo caso aceptar los efectos de un matrimonio poligámico atentaría contra los principios esenciales del ordenamiento jurídico español aplicando por lo tanto la excepción de orden público del art. 12.3 CC y el 8.1 del mismo. Además esta excepción que indica que no se podrían reconocer losefectos de un matrimonio poligámico cuenta con el apoyo de numerosas resoluciones de la DGRN que indican que tentaría contra el orden público español.

3. ¿Qué valoración le merece el denegar efectos jurídicos -la pensión de viudedad- a la segunda esposa? ¿Cuál sería el derecho a proteger? ¿La monogamia, la no no-introducción de un modelo familiar poligámico, la igualdad de sexos …? ¿Se introduciríaun modelo familiar poligámico en el territorio español si se le reconociera la pensión de viudedad?

En esta ocasión es correcto denegar la pensión de viudedad a la segunda esposa puesto que si se acepta el aceptar los mismos se vulnerarán los principios esenciales del ordenamiento jurídico español tales como la monogamia, la dignidad de la mujer que es un derecho constitucional. Se trata devalores irrenunciables o intereses generales de la sociedad española. Además es correcto aplicar la excepción de orden público y denegar la pensión de viudedad porque se trata de una contrariedad manifiesta el hecho de que en España no se permita la poligamia. Este principio podría cambiar en un futuro como por ejemplo cambió en el caso del divorcio que era inconcebible en España un tiempo atrás y...
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