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Páginas: 16 (3785 palabras) Publicado: 8 de junio de 2015
NEGOCIACIÓN
COLECTIVA

PONENTE: ELVIS JIMENEZ VASCO

DERECHOS COLECTIVOS

DERECHO DE
ASOCIACIÓN
(ART. 39 C.P.)

DERECHO DE
NEGOCIACIÓN
(ART. 55 C.P.)

DERECHO DE HUELGA
(ART. 56 C.P.)

FUNDAMENTOS INTERNACIONALES
DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA



 Los Convenios y recomendaciones de la O.I.T. que
fundamentan la negociación colectiva en el ámbito
privado son:
 Convenio 98 (1949), ratificadomediante Ley 27 de 1976
 Convenio 151(1978), ratificado mediante Ley 411 de
1997
 Convenio 154 (1981), ratificado mediante ley 524 de
1999
 Recomendación 91 (1951)
 Recomendación 92 (1951)
 Recomendación 163, complementaria del convenio 154

FUNDAMENTOS INTERNACIONALES
DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA



 Los Convenios y recomendaciones de la
O.I.T. que fundamentan la negociación
colectiva de losempleados públicos en
Colombia son:
 Convenio 151 de 1978,
aprobado
y
ratificado por Colombia mediante La
Ley 411 de 1997.

FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES
DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA.



 ARTICULO  55. Se garantiza el derecho de
negociación colectiva para regular las
relaciones
laborales,
con las excepciones que señale la ley.
Es deber del Estado promover la concertación
y los demás medios parala solución pacífica
de los conflictos colectivos de trabajo.
LEY 278 DE 1996 (Reglamentado. Dec. 427 DE 2008 y
Dec. 535 de 2009)

EL DERECHO DE NEGOCIACIÓN
COLECTIVA FRENTE AL ACTO LEGISLATIVO
01 DE 2005



 Art. 48 C.P.
«(…) Parágrafo transitorio 3º. Las reglas de carácter
pensional que rigen a la fecha de vigencia de este Acto
Legislativo contenidas en pactos, convenciones colectivas
detrabajo, laudos o acuerdos válidamente celebrados, se
mantendrán por el término inicialmente estipulado. En los
pactos, convenciones o laudos que se suscriban entre la
vigencia de este Acto Legislativo y el 31 de julio de 2010,
no podrán estipularse condiciones pensionales más
favorables que las que se encuentren actualmente
vigentes. En todo caso perderán vigencia el 31 de julio de
2010 (…)».

ELDERECHO DE NEGOCIACIÓN
COLECTIVA FRENTE AL ACTO LEGISLATIVO
01 DE 2005



 RECOMENDACIONES DE LA OIT.
i) en cuanto a las convenciones celebradas con anterioridad a la entrada en
vigor de la legislación, pide una vez más al gobierno que adopte las
medidas a fin de que los convenios colectivos que contienen cláusulas
sobre pensiones, cuya vigencia va más allá del 31 de julio de 2010,
mantengan
susefectos
hasta
su
vencimiento;
ii) en cuanto a los convenios celebrados después de la entrada en vigor del
acto legislativo No. 01, pide una vez mas al gobierno que teniendo en
cuenta las circunstancias particulares de este caso, y con el fin de
garantizar la armonía de las relaciones laborales del país, realice de nuevo
consultas detalladas dirigidas exclusivamente a los interlocutores socialesacerca de las jubilaciones y las pensiones, a fin de encontrar una solución
negociada aceptable para todas las partes interesadas y de conformidad
con los convenios sobre libertad sindical y negociación colectiva ratificados
por Colombia, en particular asegurando que las partes en la negociación
colectiva puedan mejorar las prestaciones legales sobre pensiones y
esquemas de pensiones por mutuoacuerdo. El Comité pide al Gobierno que
le mantenga informado de toda evolución que se produzca al respecto.

INTERPRETACIÓN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL FRENTE
AL ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2005 Y LAS
RECOMENDACIONES DE LA O.I.T.



 ¿Cómo concibe la H. Corte Constitucional las r
ecomendaciones de la O.I.T.?

 ¿Son obligatorias las recomendaciones de las
OIT?

EL DERECHO DE NEGOCIACIÓN
COLECTIVA FRENTEAL ACTO
LEGISLATIVO 01 DE 2005



  Apreciaciones

acerca
del
Acto
Legislativo 01 de 2005 de la H. Corte
Suprema de Justicia, Sala de Casación
Laboral  S. C. 30077 del 23 de Enero de
2009

CONTRATO COLECTIVO DE
TRABAJO



 DEFINICIÓN. Contrato colectivo de trabajo, también
llamado convenio
colectivo
de
trabajo (CCT)
o convención colectiva de trabajo, es un tipo
peculiar de contrato celebrado...
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