Procedimiento ordinario.

Páginas: 7 (1691 palabras) Publicado: 21 de marzo de 2014
Unidad V “Procedimiento Ordinario”

Etapa de Investigación
Investigación
Facultades del MP
Etapa Preparación de JO
Etapa JO

ETAPA DE INVESTIGACIÓN

Formas de Inicio

172 CPP “La investigación de un hecho que revistiere caracteres de delito podrá iniciarse de oficio por el MP, por denuncia o querella.”

A) De oficio por el Ministerio Público. El Ministerio Público puedeiniciar por si solo la investigación de hechos que pudieren revestir caracteres de delito. Esta “notitia criminis” ( comunicación del hecho delictual) puede llegar al MP, por cualquier medio. (por oficio de instituciones publicas, por TV, deducirse de otra causa etc…)
B) Querella: Querellante visto como sujeto procesal. La querella se presenta ante el Tribunal de Garantía este la somete a un examende Admisibilidad principalmente respecto de requisitos de forma (plazo, persona que la presenta, responsabilidad extinguida) y controla que el hecho revista caracteres de delito ( art 114) luego la remite al Ministerio Público.
C) Denuncia:

Quién: Cualquier persona.

Ante quién: MP, Carabineros, PDI, gendarmería ( por hechos cometidos al interior de recintos penitenciarios) o ante eltribunal. Todos deberán hacerla llegar de inmediato al MP:

Contenido: - Identificación denunciante( nombre y domicilio)
narración circunstanciada del hecho
designación de quién lo hubiere cometido
personas que lo hubieren presenciado
y todo cuanto constare al denunciante.

Puede ser verbal o escrita, en caso de ser verbal se levanta acta y se firma por denunciante.

Personas obligadasa denunciar obligatoriamente:
1) Policías y fuerzas armadas.
2) Fiscales y demás empleados públicos ( que conozcan en el ejercicio de sus funciones y en la conducta de sus subalternos)
3) Jefes de puertos, aeropuertos, estaciones de buses y trenes. Capitanes de naves y conductores.
4) Jefes de establecimientos hospitalarios y profesionales salud.
5) Directores, inspectores y profesoresde estab educacionales.

Tienen 24 hrs desde el hecho. Y si no lo hacen se aplican penas del art 494 ( multa de una a cuatro UTM). Salvo que de por si la conducta constituya otros delitos.

Principio de Oportunidad.

Art 170 CPP:
Fiscales pueden no iniciar una investigación o abandonar una no iniciada.
Cuando?
Cuando el hecho no compromete gravemente el interés público, que la penano exceda la de presidio menor en su grado mínimo y que el delito no haya sido cometido por funcionario público en el ejercicio de sus funciones.

El fiscal comunica su decisión al juez de Garantía y este verifica los requisitos y notifica a la victima la que tiene un plazo de 10 días en que puede reclamar, lo cual obliga a reiniciar la investigación.

Diligencias de investigación

a)Exámenes corporales. (197)
b) Exámenes médicos y pruebas relacionadas con delitos sexuales. (198)
c) Exámenes médicos y autopsias. (199)
d) Exámenes y pruebas de ADN. (199bis)
e) Exhumación. (202)
f) Pruebas caligráficas: ( 203)
g) Entrada y registro: (204)
h) Interceptación de comunicaciones telefónicas (222)
i) Otros medios técnicos (226)


Formalización:

Que es la formalización?Art 229: Es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, de que se desarrolla una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados.

Cuando ocurre la formalización: art 230: Cuando el fiscal considere oportuno formalizar el procedimiento por medio de la intervención judicial.
EJ: cuando requiera medidas cautelares, práctica dedeterminadas diligencias, recepción anticipada de pruebas, suficiente evidencia para su acusación etc…
La pide por escrito y el tribunal fija una audiencia para la cual el imputado es notificado y debe presentarse. ( desarrollo de la audiencia art 232) Tribunal fija plazo para cierre de la investigación el cual puede ser legal ( dos años) o judicial ( el que determine el juez).

Efectos de la...
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