Profesor Coloma

Páginas: 16 (3923 palabras) Publicado: 5 de octubre de 2011
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05-1635 |
SALA DE CASACIÓN SOCIAL            
Ponencia del Magistrado Doctor JUAN RAFAEL PERDOMO
En el juicio de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales que sigue el ciudadano FRANCISCO JUVENAL QUEVEDO PINEDA, representado por el abogado Edison Rodríguez Lovera, contra la sociedad mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, representada judicialmente por los abogados ÁlvaroRabel Ortega, Luis Alejandro Troconis Sosa, Luis Enrique Garcías D´Lima, Mariela Y. Urdaneta N., Guido Alfonso Puche Faría, María Angélica Pacheco de Bracho, Ana Valentina Pereira, Álvaro Rabell Ortega, Carmen María Macauda de Muñoz-Tebar, María Josefina Parra de Alvins, Rafael Antonio Ortega Brandt, Gustavo Adolfo Hernández Rasquin, Darío Romero y Darío Romero Bravo Delgado, el Juzgado PrimeroSuperior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, conociendo por apelación de la parte actora, en sentencia publicada el 16 de septiembre de 2005, declaró parcialmente con lugar la demanda, revocando la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que declaró sin lugar la demanda.
Contra estadecisión, la parte demandada anunció y formalizó recurso de casación. No hubo contestación.
Cumplidas las formalidades legales con el nombramiento de ponente en la persona del Magistrado quien con tal carácter suscribe, la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria en fecha 20 de abril de 2006 y la emisión de la decisión inmediata contemplada en el encabezamiento del artículo 174 dela Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa en esta oportunidad la Sala a reproducir y publicar la sentencia en los términos siguientes:
RECURSO DE CASACIÓN
Con fundamento en el ordinal 2° del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte formalizante señala que el Tribunal de la recurrida incurrió en falta de aplicación del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo,pues no tomó en consideración el criterio reiterado de la Sala de Casación Social en las sentencias de 9 de marzo de 2000 (caso: Carlos Luis de Casas contra Seguros Metropolitana, S.A.), 15 de marzo de 2000 (caso: Francisco Dávila Álvarez y María Antonia Velasco), 13 de agosto de 2002 (caso: Mireya Beatriz Orta de Silva contra FENAPRODO); 9 de julio de 2004 (caso: María Esperanza Castaño contraSeguros La Seguridad), 23 de noviembre de 2004 (caso: Rafael Agustín Varela Rodríguez contra DIPOSA y DIPOMESA), 30 de junio de 2005 (caso: Jenny Falcón contra FENAPRODO) y 6 de octubre de 2005 (caso: Ernesto González Santos contra PRAXAIR DE VENEZUELA).
Señala el recurrente que el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que los jueces de instancia deberán acoger la doctrina decasación establecida en casos análogos para defender la integridad de la legislación y la uniformidad de la jurisprudencia.
Alega que la recurrida infringió el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo por falta de aplicación porque no acogió la doctrina de casación  que ha establecido los siguientes criterios jurisprudenciales: a) para que opere la presunción de laboralidad dispuestaen el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, el actor debe demostrar la prestación personal de servicio; b) según el establecimiento de la carga de la prueba, el demandado debe alegar y demostrar la inexistencia de la relación de trabajo por no cumplirse alguna de las condiciones de la misma, tales como el salario, la subordinación y la ajenidad; c) las bases del llamado test de dependenciao laboralidad, el cual es definido como una de las herramientas esenciales para determinar cuando una persona que ejecuta un trabajo o presta un servicio a favor de otra ha establecido una relación de trabajo con la misma, propuesta en el proyecto de recomendación sobre el trabajo en régimen de subcontratación que la Conferencia de la OIT examinó en 1997 y 1998.
Aduce que de haberse apegado a...
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