proyecto sobre las contradicciones de tesis en jurisprudencias
Registro: 171449
Instancia: DECIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO
TipoTesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y suGaceta
Localización: Tomo XXVI, Septiembre de 2007
Materia(s): Común
Tesis: I.11o.C. J/10
Pag. 2381
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Septiembre de 2007; Pág. 2381INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN. NO PUEDE DESCONOCER UN DERECHO YA RECONOCIDO EN LA SENTENCIA DEFINITIVA.
Los incidentes de liquidación, aun cuando tienen objeto y contenido propios, como conflictosjurisdiccionales de cognición, sólo tienen como fin primordial determinar con precisión la cuantía de ciertas prestaciones a las que quedaron obligadas las partes en el juicio, con el propósito de perfeccionarla sentencia en detalles que no se pudieron dilucidar en el fallo y que son indispensables para exigir su cumplimiento y llevar a cabo su ejecución, pero no pueden modificar, anular o rebasar lodecidido en la sentencia definitiva, pues ello sería antijurídico e ilegal, porque atentaría contra los principios fundamentales del proceso, como los de la invariabilidad de la litis, congruencia y cosajuzgada, ya que en la sentencia definitiva dictada en el juicio natural el juzgador decide sobre las prestaciones deducidas por las partes, ya sea en forma específica o general; en consecuencia, elincidente no tiene como finalidad desconocer un derecho ya decidido en la sentencia definitiva sino, en su caso, sólo la liquidación respectiva de lo que fue materia del juicio.
DÉCIMO PRIMERTRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL
DECIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO
Amparo en revisión 384/2002. José María Quintana Corral y otros. 13 de noviembre de 2002.Unanimidad de votos. Ponente: Indalfer Infante Gonzales. Secretario: Eduardo Jacobo Nieto García.
Amparo en revisión 294/2005. Rocío Jacaranda Castro Dávila. 29 de agosto de 2005. Unanimidad de votos....
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