Pruebas en materia penal y civil en mexico
PRUEBAS EN MATERIA PENAL Y CIVIL.
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El Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato, reconoce los siguientes medios de prueba:
Artículo 961) La confesión;
2) Los documentos públicos;
3) Los documentos privados;
4) Los dictámenes periciales;
5) El reconocimiento o inspección judicial;
6) La testimonial
7) Las fotografías, las notastaquigráficas, la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier
En Materia penal:
ARTÍCULO 194.- Se admitirá como prueba en los términos delartículo 20 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo aquello que se ofrezca como tal, siempre que pueda ser conducente, y no vaya contra el derecho o la moral, a juiciodel juez o tribunal cuando la autoridad judicial lo estime necesario, podrá por algún otro medio de prueba, establecer la autenticidad del objeto de la misma.
1. Confesión.- Que podrá recibirla elMinisterio Público, o el Tribunal que conozca del asunto.
2. Inspección.- La reconstrucción deberá practicarse precisamente a la hora y en el lugar donde se cometió el delito, cuando estascircunstancias tengan influencia en la determinación de los hechos que se reconstruyan; en caso contrario, podrá efectuarse en cualquiera hora y lugar.
3. Pericial.- Los peritos emitirán su dictamen por escritoy lo ratificarán en diligencia especial, en la que, previa citación, las partes les podrán formular preguntas.
4. Testigos.- Toda persona que sea citada como testigo está obligada a declarar, conexcepción del tutor, curador, pupilo o cónyuge del inculpado….
5. Confrontación.- En la diligencia de confrontación se procederá colocando en una fila a la persona que deba ser confrontada y a las quehayan de acompañarla, y se interrogará al declarante sobre:
I.- Si persiste en su declaración anterior;
II.- Si conocía con anterioridad a la persona a quien atribuye el hecho o si la conoció...
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