Que ladilla
Articulo 20: Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público ysocial.
Analisis Personal: Todos gozamos del derecho de la libertad de obrar o no obrar, de hacer o decir todo aquello que no se oponga a las leyes ni a las buenas costumbres.
Artículo 21. Todaslas personas son iguales ante la ley, y en consecuencia:
No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan porobjeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.
La ley garantizará las condicionesjurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables;protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos quecontra ellas se cometan.
Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las fórmulas diplomáticas.
No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias.
AnalisisPersonal: Todas las personas sea cual sea su raza, sexo, credo o condición social deben ser vista y tratada con igualdad ante la ley. El Estado debe garantizar que nadie sea discriminado antecualquier proceso jurídico o administrativo y de igual manera tiene la obligación de aplicar sanción a todo aquel que maltrate o impida el gozo de este derecho de igualdad a otra persona. Cuando setrata de formulas diplomáticas expresa que estas personas con títulos diplomáticos internacionales gozan de impunidad ya que ellas se basaran en las diplomacia y tratados internacionales.
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