Recurso mercantil
Artículo 2.- Para los efectos del presente reglamento, se consideran de utilidad pública:
I.- El Ordenamiento Ecológico local entreel territorio Municipal;
II.- El establecimiento de Áreas Naturales Protegidas de jurisdicción local y de zonas prioritarias de preservación y restauración del equilibrio ecológico en elterritorio Municipal;
III.- El establecimiento de zonas intermedias de salvaguarda como medida de prevención ante la presencia de actividades consideradas como riesgosas;
IV.- El establecimiento delugares de demostración como: Zoológicos, Parques Ecológicos O Botánicos, etc. Destinados a promover el cumplimiento del presente reglamento.
V.- El establecimiento de medidas para la prevención y elcontrol de la contaminación del aire, agua y suelo en el territorio municipal; y
VI.- Todas las demás acciones que se realicen para dar cumplimiento a los fines del presente reglamento, encongruencia y sin perjuicio de las atribuciones de la Federación y el Estado.
Artículo 3.- Para los efectos de éstas disposiciones se consideran los conceptos y definiciones establecidas en la LeyGeneral del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, en la Ley de Ecología para el Estado de Guanajuato, así también como en las contenidas y emitidas por las siguientes leyes einstituciones:
- Ley Forestal
- Ley de Aguas Nacionales;
- La Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca;
- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente;
- El Instituto Nacional de...
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