Reflexiones Acerca Del Sistema Educativo
Deberá ser comunicado por escrito por el empleador(a) al trabajador(a), personalmente o por cartacertificada enviada al domicilio de éste, expresando la o las causales legales invocadas, los hechos en que se fundan y el estado de las cotizacionesprevisionales.
Esta comunicación debe entregarse personalmente al trabajador o bien enviarse por carta certificada al domicilio registrado en el contrato dentrode los tres días hábiles siguientes a la separación del trabajador(a), o seis días si la causal es caso fortuito o fuerza mayor.
Si se invoca el artículo161 del Código del Trabajo, el aviso debe ser dado con 30 días de anticipación. Sin embargo, este aviso puede sustituirse mediante el pago de unaindemnización en dinero equivalente a un mes de la última remuneración, que se denomina "indemnización sustitutiva del aviso previo".
Para que el despido seaválido, el empleador(a) debe acompañar al aviso de término de contrato, los certificados que acrediten el pago de las cotizaciones previsionales y seguro decesantía si correspondiere, hasta el último día del mes anterior al despido Si no ha efectuado el pago integro de dichas cotizaciones al momento deldespido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato, y deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones establecidas en elcontrato durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío de la comunicación en que acredite el pago de las imposiciones morosas.
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