Reglamento Para La Venta U Otras Formas De Enajenación De Los Bienes Aprehendidos Por Infracciones A La Ley 108
(Resolución No. 032-CD)
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEP
Considerando:
Quemediante Ley 25 de 5 de septiembre de 1997 promulgada en el Registro Oficial No. 173 (Segundo Suplemento) de 15 de octubre de 1997 se modificó el régimen de venta y enajenación de los bienes aprehendidospor infracciones tipificadas en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Sicotrópicas, promulgada en el Registro Oficial No. 523 de septiembre 17 de 1990;
Que es necesario dictar las normasreglamentarias que permitan la aplicación de la referida ley reformatoria;
En uso de la facultad que le otorgan los artículos 5 y 12 de la Ley 25,
Resuelve:
Expedir el Reglamento para la venta yotras formas de enajenación de los bienes aprehendidos por infracciones a la Ley 108.
Capítulo I
OBJETO DEL REGLAMENTO Y DESTINO DE LOS BIENES
Art. 1.- Objeto.- El presente Reglamento tiene porobjeto establecer las normas para la venta u otras formas de enajenación de los bienes muebles e inmuebles y de los insumos, precursores u otros productores químicos específicos, de propiedad dequienes se encuentren sindicados o condenados como autores, cómplices o encubridores de las infracciones previstas en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Sicotrópicas y sus reformas o que los hubierentenido en posesión o utilizando para sus actividades ilícitas.
Art. 2.- Connotación de Términos.- Cada vez que en este documento conste la palabra "Ley", se entenderá que se trata de la Ley deSustancias Estupefacientes y Sicotrópicas o de la Ley Reformatoria de la misma.
Cuando constaren los términos "productos químicos", se entenderá que se trata de los "precursores y otros productos químicosespecíficos" y cuando se mencione "sustancias", equivaldrá a sustancias estupefacientes y sicotrópicas. Las sustancias sujetas a fiscalización son las sometidas a regulación y control por la ley....
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