reglamento sanitario
NORMA SANITARIA DE FUNCIONAMIENTO DE MERCADOS DE ABASTO Y
FERIAS
TITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1°.- Con arreglo a lo dispuesto por el Reglamento sobreVigilancia y Control
Sanitario de los Alimentos y Bebidas, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-98-SA,
la presente Norma establece las disposiciones generales de higiene paralos mercados
de abasto y ferias, con la finalidad de garantizar la inocuidad y calidad sanitaria de los
alimentos de consumo humano.
Artículo 2°.- Las Municipalidades son losorganismos encargados de la vigilancia sanitaria
de los mercados de abasto y ferias, así como del cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Norma.
Artículo 3°.- La vigilanciasanitaria de los mercados de abasto y ferias, se sustenta en el
análisis de riesgos de las condiciones sanitarias de la comercialización de alimentos y
bebidas de consumo humano.Artículo 4°.- La vigilancia sanitaria será desarrollada por personal calificado, con
capacitación adecuada y continua sobre las normas sanitarias y las técnicas de
observación yevaluación que establezca la Autoridad de Salud.
TITULO II
DE LAS INSTALACIONES DE LOS MERCADOS DE ABASTO Y FERIAS
Artículo 5°.- Ubicación de los mercados de abasto
Losestablecimientos deberán ubicarse en lugares donde se garantice la inocuidad de los
alimentos y se evite la contaminación ambiental.
La aprobación de proyectos de infraestructura de mercados deabasto se hará previo
estudio de impacto ambiental y análisis de riesgo para asegurar la inocuidad de los
alimentos que se comercializan.
Artículo 6°.- Ubicación de las feriasLas ferias se ubicarán en campos feriales, cercados, con pisos lavables y en lugares
alejados de fuentes de contaminación de los alimentos.
Artículo 7°.- Zonas perimetrales
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