requerimientos fiscales
Nº de caso: FIS-431/14.
Asig. Al Caso: Sof. JHONNYLUNA.
I. APERSONAMIETO Y PERSONERIA.
II. OTROSI.- SU CONTENIDO
RAUL CONDORI PATON con cedula de identidad n° 23 40157 lp., mayor de edad, hábil por Ley, de ocupación empleado, con domicilio enesta ciudad, en la calle Octavio Campero N° 1232 de la zona de Villa Copacabana dentro del proceso penal que sigue el señor VICTOR FERNANDEZ CALZADA, en contra de CHARLIE FERNANDEZ WAYARconjuntamente con el MINISTERIO PÚBLICO, por el delito de estafa, ante su autoridad con el debido respeto expongo y pido:
I.- APERSONAMIENTO Y PERSONERIA.- Señor Fiscal, En principio convenga precisar que en elDerecho Civil se distingue entre capacidad jurídica y capacidad de obrar, en el proceso lo debemos hacer con la capacidad de ser parte y la capacidad procesal, entonces debemos referir que lacapacidad para ser parte es la aptitud o idoneidad para asumir los derechos, obligaciones y cargas inherentes al proceso y, principalmente, los efectos propias de una sentencia con calidad de cosa juzgada.Asimismo, decimos que la capacidad procesal es la aptitud o idoneidad para participa (por manifestación de la propia voluntad), válidamente de un proceso determinado, se refiere por tanto, la aptitudpara el ejercicio de un de un derecho a la tutela judicial efectiva. Ahora bien, hablar de legitimación importa distinguir entre los titulares de la relación jurídico procesal y los de la relaciónjurídico material, aunque este último sea la que se discuta en el proceso, ya que el concepto de legitimación está ligado a la concepción que se tenga sobre el derecho de acción. Si asumimos la idea que unapersona puede ser titular del derecho de acción (puede demandar) sin que sea, ella misma, titular del derecho subjetivo que se invoca como lesionado, en conclusión entendemos como legitimación...
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