resumen decreto supremo 67
DECRETO 67:
Descripción
El D.S. Nº 67. Modifica el procedimiento establecido en el D.S. Nº173 de 1970
sobre exenciones, rebajas y recargos de la cotización adicional diferenciada
que se paga por concepto de seguro obligatorio de acuerdo a las disposiciones
de la Ley Nº 16.744 establecidas en sus artículos 15 y 16.
La ley señala, que el Seguro contra Accidentes del Trabajo yEnfermedades
Profesionales se financiará con una cotización general básica de 0,90% de las
remuneraciones imponibles del trabajador, de cargo del empleador. A esta
cotización están afectas todas las entidades empleadoras cualquiera que sea
su actividad y riesgo.
La letra b) del citado artículo 15, establece la existencia de la cotización
adicional diferenciada, también de cargo del empleador. Esta cotización
adicional es determinada en función de la actividad y riesgo de la entidad
empleadora y varía entre 0 a 3,40% de las remuneraciones imponibles de los
trabajadores.
PREGUNTAS FRECUENTES REFERENTES AL DECRETO 67
¿CUAL ES EL PERIODO DE EVALUACION LEGAL PARA EL CALCULO DE LA
COTIZACION ADICIONAL?
¿PORQUE ME ALZARON LA TASA?
¿EN QUE CASOS SE REQUIERE COMITEPARITARIO?
¿EN QUE CASOS SE REQUIERE EXPERTO CONTRATADO?
¿DESDE CUANTOS TRABAJADORES REQUIERE REGLAMENTO INTERNO?
TENGO MASA VARIABLE, ¿DEBO TENER COMITEPARITARIO?
TENGO MASA DISTRIBUIDA Y EN NINGUNO DE LOS LUGARES TENGO MAS
DE 25 TRABAJADORES ¿REQUIERO COMITE PARITARIO?
¿CUANTO TIEMPO DURA LA NUEVA TAS A?
¿A PARTIR DE QUE FECHA EMPIEZO A COTIZAR LA NUEVA TASA?
¿EN QUE FECHA PUEDOCAMBIAR DE MUTUALIDAD?
PARA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS PARA LA REBAJA EN LA TASA DE
COTIZACION ADICIONAL, ¿EL REGLAMENTO INTERNO DEBE SER DE ORDEN
HIGIENE Y SEGURIDAD O SOLO DE HIGIENE Y SEGURIDAD?
SI UNA EMPRESA TIENE MAS DE TRES AÑOS ADHERIDA A UNA
MUTUALIDAD, PERO ESTUVO PASIVA POR 18 MESES ¿SERA EVALUADA POR
EL DECRETO 67?
¿CUALES SON LOS PLAZOS PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO A LOSREQUISITOS PARA OPTAR A LA REBAJA?
¿CUALES SON LAS INSTANCIAS DE APELACIÓN POR DISCREPANCIAS EN
LOS ANTECEDENTES ESTADÍSTICOS CONSIDERADOS PARA EL CÁLCULO DE
LA COTIZACIÓN ADICIONAL?
¿DE QUE FORMA DEBO ACREDITAR LOS REQUISITOS PARA OPTAR A LA
REBAJA?
¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA OPTAR A LA REBAJA DE
COTIZACIÓN ADICIONAL?
ALUM.TECNICOS 2009.
DECRETO 67
¿EN QUE FECHA SEINFORMA A LAS EMPRESAS DEL CALCULO DE LA
SINIESTRALIDAD EFECTIVA, PAR A FIJAR LA TASA DE COTIZACION
ADICIONAL?
¿QUE PLAZO TENGO PARA OBJETAR LA EVALUACION?
¿QUE REQUISITOS REQUIERO PARA SER EVALUADO?
¿EN QUE FECHA SE ENVIA LA RESOLUCION FIJANDO LA NUEVA TASA?
1. ¿CUAL ES EL PERIODO DE EVALUACION LEGAL PARA EL CALCULO DE LA
COTIZACION ADICIONAL?
R:
En empresas de tres o más años deantigüedad al 1 de julio de 2009, se evaluará e l
período comprendido entre el 1 de julio 2006 y el 30 de junio 2009.
En empresas con menos de tres años de antigüedad al 1 de julio de 2009, se evaluará
el período comprendido entre el 1 de julio 2007 y el 30 de junio 2009.
2. ¿PORQUE ME ALZARON LA TASA?
R:
La tasa de cotización se alza o rebaja de acuerdo a la tasa de siniestralidad efectivade la empresa, la que depende del número de días perdidos, la cantidad de
trabajadores, las incapacidades permanentes y los accidentes fatales que se hayan
producido en el período de evaluación.
3. ¿EN QUE CASOS SE REQUIERE COMITE PARITARIO?
R:
En cada sucursal, obra o faena que tenga más de 25 trabajadores.
4. ¿EN QUE CASOS SE REQUIERE EXPERTO CONTRATADO?
R:
Cuando la empresa tengamás de 100 trabajadores y su actividad económica tenga
fines de lucro
5. ¿DESDE CUANTOS TRABAJADORES REQUIERE REGLAMENTO INTERNO?
R:
Toda empresa o entidad estará obligada a establecer y mantener al día un reglamento
interno de seguridad e higiene en el trabajo, cuyo cumplimient o será obligatorio para
los trabajadores, no importando la cantidad de trabajadores
ALUM.TECNICOS 2009....
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