Se necesita una vida
La responsabilidad por daños ocasionados al ambiente tiene su fundamento primario en el reconocimiento del ambiente como un bien jurídico. Se genera tanto para los particulares comopara el Estado. Para los particulares puede ser civil, originada en un daño a un bien ambiental y que se concreta en la reparación del daño; administrativa, originada en la violación de una norma y queva a traducirse en una sanción administrativa, o penal, nacida de la comisión de un delito ambiental y que va a tener como consecuencia una sanción penal.
Para el Estado, esa responsabilidadencuentra su origen en la consagración del derecho a un medio sano y ecológicamente equilibrado como un derecho humano fundamental y en la obligación del Estado de garantizar a los ciudadanos el ejerciciode este derecho. Actualmente, la protección al medio ambiente, se ha convertido en una preocupación del Estado a partir de que se observó que se deterioraban los ecosistemas con el peligro deamenazar la presencia de todo ser vivo en la tierra, esta preocupación que primero se presentó a nivel de los Organismos Internacionales, se fue incorporando en tratados y convenciones internacionales. ElDerecho ecológico ha tenido que incorporar aspectos novedosos como son los relativos a proteger el medio ambiente como bien jurídicamente tutelado y como un Derecho humano de la más recientegeneración.. Hemos querido abordar a manera de una introducción las cuestiones actuales del derecho ambiental, que exige y demanda aggiornamiento de conceptos, reformulación de institutos clásicos del derecho quese muestran insuficientes para dar respuesta efectiva, a los problemas que plantea, y que angustia por igual, a sectores comunitarios, y a las generaciones futuras.
El desafío de nuestro tiempo estornar preventivo y efectivo el derecho ambiental, en el que la vida privada se tiñe de pública. Y se produce una simbiosis por la aproximación de lo privado con lo público. La lucha frontal...
Regístrate para leer el documento completo.