SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1898
Sucre, 7 de noviembre de 2011
Expediente:2011-23067-47-AL
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Marco Antonio Baldivieso Jinés
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de libertad, presentado por Juana Luque de Maquera contra Juan Ferrufino, Fiscal de Materia.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la acción Mediante memorial de 22 de diciembre de 2010, cursante a fs. 3, la accionante manifestó que:
I.1.1.Hechos que la motivan
Habiendo ocurrido un enfrentamiento entre vecinos y comunarios de la Comunidad de Laja de la Provincia Murillo, por la adquisición de terrenos, el Fiscal demandado tiene preparado un mandamiento de apremio en su contra, predispuesto a detenerla con el fin de privar suderecho de locomoción y libertad personal.
I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
La accionante estima vulnerado su derecho a la libertad personal y la garantía de presunción de inocencia, citando al efecto los arts. 23.I y 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3.Petitorio
No consignó el petitorio.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Celebrada laaudiencia pública el 23 de diciembre de 2010, según consta en el acta cursante a fs. 8, se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación de la acción
No obstante la legal notificación a la accionante con el señalamiento de la audiencia de acción de libertad, conforme consta a fs. 5, ésta no se presentó a la sustanciación de la misma.
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas Pese a su legal notificación con la acción de libertad conforme consta a fs. 6 y 7, la autoridad demandada no se presentó a la audiencia programada al efecto, ni remitió informe alguno.
I.2.3. Resolución
El Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 135/2010-R de 23 de diciembre, cursante de fs. 9 a 10, denegó la acción delibertad, con el fundamento que la accionante no presentó pruebas a efectos de demostrar la existencia del mandamiento de apremio, ni tampoco se evidencia antecedentes que demuestren la persecución denunciada.
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Dada la carga procesal, mediante Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal mediante la Ley003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de causas, por lo que la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
II.CONCLUSIONES
De la debida revisión y compulsa de los antecedentes arrimados al expediente, se llega a las siguientes conclusiones:
II.1.Mediante memorial de acción de libertad de 22 de diciembre de 2010, la accionante manifiesta encontrarse ilegalmente perseguida ante un mandamiento de apremio emitido en su contra (fs. 3).
II.2.A través de la Resolución 135/2010 de 23 de diciembre, el Juez degarantías constitucionales, denegó la tutela por falta de pruebas que demuestren la existencia de un mandamiento de aprehensión en contra de la accionante o que demuestren la persecución indebida (fs. 9 a 10).
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, manifiesta que la autoridad demandada lesionó su derecho a la libertad y libre locomoción, toda vez que tiene preparado ejecutar un mandamientode apremio en su contra. Corresponde en revisión, analizar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
La garantía jurisdiccional del hábeas corpus fue consagrada por el art. 18 de la Constitución política del Estado abrogada (CPEabrg),...
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