Sentencia T963/09
LICENCIA DE MATERNIDAD-Procedencia excepcional de tutela para el pago
LICENCIA DE MATERNIDAD-Reglas jurisprudenciales en relación con el pago completo o proporcional según las semanas cotizadas durante el periodo de gestación
De acuerdo con la jurisprudencia de esta Corporación, el requisito de cotización durante todo el período de gestación no debe tenersecomo un argumento suficiente para negar el pago de la licencia de maternidad. Así, esta Corte estableció que dependiendo el número de semanas cotizadas el pago de la licencia de maternidad deberá hacerse de manera total o proporcional. De lo anterior se derivan dos hipótesis que determinan tratamientos diferentes para el pago de las licencias de maternidad, dependiendo del número de aportesrealizados. La primera hipótesis, señala que: “cuando una mujer deja de cotizar al SGSSS menos de dos meses del período de gestación, y cumple con las demás condiciones establecidas en la jurisprudencia, se ordena el pago total de la licencia de maternidad.” Por su parte, la segunda hipótesis señala que: “cuando una mujer deja de cotizar al SGSSS más de dos meses del período de gestación, y cumple conlas demás condiciones establecidas en la jurisprudencia, se ordena el pago proporcional de la licencia de maternidad al tiempo que cotizó”.
LICENCIA DE MATERNIDAD-Reglas sobre el pago cuando se realizan cotizaciones extemporáneas
LICENCIA DE PATERNIDAD-Naturaleza jurídica
LICENCIA DE PATERNIDAD-Origen y justificación
LICENCIA DE PATERNIDAD REMUNERADA-FinalidadLICENCIA DE MATERNIDAD-Pago de licencia proporcionalmente a las semanas cotizadas
ACCION DE TUTELA Y LICENCIA DE PATERNIDAD-Procedencia para solicitar su cobro
Referencia: expedientes acumulados T-2413972; T-2426450; T-2426980; T-2427525 y T-2430820.
Acciones de tutela interpuestas por: Claudia Yomara Molano contrael Hospital San José del Guaviare; Mónica Karina Bocanegra Pantoja contra la E.P.S Sanitas, Gladys Patricia Carvajal Almario contra la E.P.S Coomeva, Samaris Toro Salas contra la E.P.S Coomeva y Manuel José Rosas Franco contra la E.P.S Coomeva
Magistrada Ponente:
Dra. MARÍA VICTORIA CALLE CORREA
Bogotá, D.C., dieciocho (18) dediciembre de dos mil nueve (2009)
La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados, Maria Victoria Calle Correa, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo y Luís Ernesto Vargas Silva en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
En el proceso de revisión de los fallos proferidos por: el Juzgado Promiscuo delCircuito de San José del Guaviare y por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio – Sala Civil Laboral del Familia (T-2413972); el Juzgado Segundo Penal Municipal con funciones de conocimiento de Leticia – Amazonas (T-2426450); el Juzgado Quinto Penal Municipal de Villavicencio (T-2426980); el Juzgado laboral del Circuito de Turbo - Antioquia (T-2427525); el Juzgado Séptimo CivilMunicipal de Medellín y el Juzgado Décimo Civil del Circuito de Medellín (T-2430820).
Mediante auto del veintidós (22) de octubre de dos mil nueve (2009) proferido por la Sala de Selección número Diez la Corte Constitucional seleccionó los expedientes T-2413972, T-2426450, T-2426980, T-2427525 y T-2430820 y los acumuló entre sí por presentar unidad de materia correspondiendo su revisión a la SalaSegunda.
Teniendo en cuenta que el problema jurídico que suscita la presente acción de tutela ya ha sido objeto de otros pronunciamientos por parte de esta Corporación, la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional decide reiterar lo dispuesto por la jurisprudencia para este tipo de casos. Por tal razón, de acuerdo con sus atribuciones constitucionales y legales, la presente sentencia...
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