Sistema De Nulidades En El Derecho Administrativo
Qué debe explicar un sistema de las nulidades
Debe analizarse el régimen, no las denominaciones
Por un criterio de claridad o comodidad, podrán adoptarse las denominaciones usuales en este tipo de cuestiones (inexistencia, nulidad, anulabilidad), tratando deadoptar los nombres que por su uso anterior en otras disciplinas presentan ya una familiaridad y una identificación genérica con el grupo de consecuencias jurídicas de que se trata; pero es necesario advertir que no debe darse a esos términos y significados familiares rigor dogmático alguno; no debe partirse, por lo tanto, de casilleros en los cuales habrá forzosamente que encajar el de los actosadministrativos, ni de principios doctrinarios a priori que puedan incidir en la apreciación objetiva de dichas circunstancias y desvirtuarlas. Se tratará de ver qué consecuencias se aplican a ciertos actos, pues esto es lo principal y no discutir sobre la denominación que luego podrá asignárseles.
Inaplicabilidad literal de las nulidades del Código Civil
Diferencias generales entre el sistemade las nulidades civiles y el sistema de las nulidades administrativas
* En el derecho civil la nulidad suele concebirse como una sanción por la ausencia o la alteración de un elemento constitutivo del acto; en cambio en el derecho administrativo la nulidad deriva de la imposibilidad del acto de integrarse en un ordenamiento jurídico dado, de su violación objetiva de principios jurídicos,antes que de un elemento suyo viciado o faltante. Las nulidades administrativas no dependen de cuál elemento del acto está viciado, sino de la importancia de la infracción al orden jurídico.
* En el derecho civil la nulidad es siempre declarada por un órgano judicial, mientras que en el derecho administrativo puede serlo tanto por un órgano judicial como por un órgano administrativo, aunque estoúltimo es excepcional, no normal, según vimos al explicar la estabilidad o irrevocabilidad del acto individual en sede administrativa. Por lo demás, mientras que la primera surge usualmente de un proceso ordinario, la segunda puede también producirse en acciones de amparo u otros procesos sumarios o sumarísimos como los de la ley de defensa del consumidor.
* Otra diferencia que surge de ladiversidad de órganos que pueden aplicar el sistema de nulidades administrativas, es que en nuestra jurisprudencia los jueces han declarado no poder conocer de oficio en las nulidades administrativas (lo que sí pueden hacer en algunas nulidades civiles), al par que los órganos administrativos pueden conocer de oficio.
* En el derecho civil los vicios que dan lugar a las nulidades del acto jurídicoestán en su mayor parte expresamente contemplados en el Código Civil, señalándose incluso qué tipo de nulidad corresponde a cada vicio. En el derecho administrativo en cambio, no todos los vicios están contemplados explícitamente en la ley administrativa (ni la ley civil, lógicamente, los contempla por su parte). Por otra parte, si bien el decreto-ley nacional de procedimiento administrativocontempla supuestos que fulmina con la nulidad absoluta, no ha sido esa la historia de su aplicación jurisprudencial, en la cual la valoración de cada vicio debe necesariamente hacerse en el caso concreto. Por otra parte, el vicio por antonomasia es la arbitrariedad de la administración, que surge de innúmeros supuestos analizados por la doctrina y la jurisprudencia y se hace imposible reducir a...
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