sistemas de salarios
Las importaciones de bienes muebles efectuadas por:
Lascooperativas, federaciones y confederaciones de cooperativas, legalmente constituidas y registradas, cuando se trate de maquinaria, equipo y otros bienes de capital directa y exclusivamente relacionadoscon la actividad o servicio de la cooperativa, federación o confederación.
Las personas individuales o jurídicas amparadas por régimen de importación temporal;
Los viajeros que ingresen al país,bienes muebles en calidad de equipaje, sobre los cuales no tienen que pagar derechos de importación de acuerdo con la legislación aduanera;
Los funcionarios y empleados guatemaltecos diplomáticos yconsulares que retornen al país al concluir su misión en cuanto al menaje de casa, efectos personales y un vehículo;
Las misiones diplomáticas y consulares acreditadas ante el Gobierno de laRepública, y las personas a que se refiere la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares, con la condición de que los países a que pertenezcan dichas misiones y personas otorguen igualtratamiento como reciprocidad;
Los organismos internacionales de acuerdo con los respectivos convenios suscritos entre el Gobierno de la República de Guatemala y dichos organismos.
3. Latransferencia de dominio de bienes muebles e inmuebles en los casos siguientes:
Fusiones de sociedades.
Herencias, legados y donaciones por causa de muerte.
La aportación de bienes muebles a sociedades.4. Los servicios que presten las instituciones fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos y las bolsas de valores autorizadas para operar en el país. En lo que respecta a la actividadaseguradora y afianzadora, están exentas exclusivamente las operaciones de reaseguros y reafianzamientos.
5. Las cooperativas no cargarán el Impuesto al Valor Agregado(IVA) cuando efectúen operaciones de...
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