Situación Jurídica De La Mujer. El Delito De Aborto
SITUACIÓN JURÍDICA DE LA MUJER
NANCY RAQUEL AYALA
[DELITO DE ABORTO]
ÁREA DE DERECHO PENAL CURSO 2010/2011[DELITO DE ABORTO] SITUACIÓN JURÍDICA DE LA MUJER
Índice
Índice .......................................................................................................................................... 2 1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 3 2. LEGISLACIÓN PUNITIVA DEL ABORTO ................................................................................. 3 2.1. Cuestiones generales ................................................................................................... 3 2.2. Regulación en el Código Penal después de la reforma: Conductas típicas ................. 4 2.3. Supuestos de despenalización ..................................................................................... 7 3. CONCLUSIÓN ..................................................................................................................... 14 4. BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................... 15
Nancy Raquel Ayala | Índice 2
[DELITO DE ABORTO] SITUACIÓN JURÍDICA DE LA MUJER
1.INTRODUCCIÓN
El aborto plantea un problema complejo, y más concretamente, el de su punición por parte del ordenamiento jurídico. La controversia se fundamenta en un conflicto entre dos derechos o bienes jurídicos protegidos, por una parte, el derecho a la vida del no nacido o narciturus, y por otra, la protección de la vida, la salud, la libertad o la dignidad de la embarazada. La discusión doctrinal al respecto gira en torno a tres posturas doctrinales. ‐ Una primera postura, llamada anti abortista o pro vida, defiende el derecho a la vida del narciturus reclamando una penalización total del aborto provocado, sin ningún tipo de excepción. Una segunda postura, llamada pro abortista, defiende la libertad y la dignidad de la embarazada conduciendo, consecuentemente, a una despenalización total del aborto realizado con el consentimiento de la embarazada. Y, en los últimos años, se ha ido formando una postura intermedia que, partiendo de la protección jurídico penal que merece la vida del feto, señala que es éticamente intolerable obligar bajo sanción penal a una mujer a tener hijos no deseados.
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‐En cualquier caso, como dice la sentencia del Tribunal Constitucional 53/1985, el legislador a la hora de regular la intervención voluntaria del embarazo, debe “ponderar los bienes y derechos en función del supuesto planteado, tratando de armonizarlos, si ello es posible o, en caso contrario, precisando las condiciones y requisitos en que podría admitirse la prevalencia de uno de ellos”. La elección de este tema se debe al debate social que desde hace años existe en torno a la misma y, sobre todo, a la amplia reforma del Código Penal (CP) en esta materia introducido por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción voluntaria del Embarazo, la cual ha supuesto un cambio del sistema punitivo del aborto basado en un sistema de indicios a un sistema de plazos más indicaciones. La idea es considerar el aborto desde un punto de vista jurídico penal y contemplar la nueva normativa vigente, analizando las conductas típicas y hacer una comparación del sistema punitivo anterior con el actual sistema.
2. LEGISLACIÓN PUNITIVA DEL ABORTO
2.1. Cuestiones generales...
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