SOLICITUD DE ADICIÓN INCIDENTE DE REGULACIÓN DE PERJUICIOS SANTOS SANTANA 24 DE NOVIEMBRE DE 2015
Señor:
JUEZ ADMINISTRATIVO DE DESCONGESTIÓN ZIPAQUIRÁ
E S. D.
REFERENCÍA : PROCESO DE REPARACIÓN DIRECTA 2011 - 0215.
JOSE MIGUEL REY MORENO, mayor de edad, con domicilio en la ciudad deBogotá D.C, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.238.664 de Bogotá, abogado titulado, portador de la tarjeta profesional No 191.984 del Consejo Superior de la Judicatura, obrando en micondición de apoderado especial del Señor SANTOS ALIRIO SANTANA, con el presente escrito respetuosamente y de conformidad con los artículos 243 y 244 del Código de Procedimiento Administrativo yContencioso Administrativo me permito presentar recurso de apelación contra el auto del 18 de noviembre de 2015 mediante el cual su despacho procedió a resolver de fondo sobre INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DEPERJUICIOS.
RESPECTO AL DAÑO EMERGENTE:
No hay incorformidad.
RESPECTO AL LUCRO CESANTE:
Afirma el despacho que el Juez está obligado a ajustar lo concedido con lo pedido en la demanda:
“(…)
(…)”
Y másadelante señala:
Señor Juez, en el incidente se pidió:
“(…)
1.2. Por Lucro cesante:
1.2.1. La suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000,00) Moneda Corriente, MENSUALES, correspondiente al valor queproducía el vehículo libre de deducciones por gastos como gasolina, peajes, parqueaderos, sueldo del conductor, mantenimiento del automotor, desde la fecha ordenada en la sentencia, 11 de junio de2010, hasta su correspondiente pago, que para la fecha de presentación de este incidente asciende a la suma de $108.000.000,00 o el valor que se demuestre.(…)”
Como prueba con el incidente se solicitó:“PRUEBA PERICIAL
Que mediante el nombramiento de perito, se determinen los perjuicios materiales causados a los demandantes por concepto de lucro cesante partiendo de la fecha ordenada en la sentencia,11 de junio de 2010, hasta su correspondiente pago o en subsidio la valoración de los perjuicios con base en la productividad económica del vehículo, desde el momento del hurto hasta la fecha que...
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