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UN ANÁLISIS TÉCNICO QUE REVELA LAS DISCREPANCIAS ENTRE LAS DECLARACIONES PÚBLICASY LOS DOCUMENTOS
SUBTES// UN ANÁLISIS TÉCNICO QUE REVELA LAS DISCREPANCIAS ENTRE LAS DECLARACIONES PÚBLICAS Y LOS DOCUMENTOS FIRMADOS.
LA IMPERIOSA NECESIDAD DE PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS COMO PRINCIPIO FUNDAMENTAL. LAS OBLIGACIONES ACTUALES DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN. LA FUNCIÓN DE SEGURIDAD POLICIAL.
LAS CONDICIONES DEL SERVICIO DE SUBTERRÁNEOS A LA LUZ DE LOS CONFLICTOS ENTRE LA NACIÓN Y CIUDAD DE BUENOS AIRES.
DOCUMENTO ELABORADO POR LA ASOCIACIÓN CIVIL POR LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA (ACIJ) Agradecemos especialmente a Leonardo Filippini y Agustín Cavana por sus valiosas contribuciones a la elaboración de este documento.
PRESENTACIÓN En los últimos días, los conflictos políticos entra ambos gobiernos han dejado a la comunidad en una situación de falta de información, incertidumbre y desprotección acerca de la situación del servicio público. En este documento, ACIJ analiza el acuerdo firmado por el Ministro de Planificación Federal y el Jefe de Gobierno de la Ciudad, y evalúa las obligaciones y competencias que corresponden a cada Jurisdicción, a la vez que exhorta a las autoridades a asumir plenamente sus deberes de protección de los derechos de los usuarios INTRODUCCIÓN El servicio de transporte de subterráneos constituye un bien público que involucra la calidad de vida, la dignidad, la economía, la salud y la seguridad física de millones de habitantes. Nuestra constitución Nacional, y la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires obligan a los Gobiernos a garantizar condiciones dignas, seguras, no discriminatorias y económicamente equitativas de prestación. Sin el Estado (prestando el servicio, o definiendo sus reglas y controlando que se cumplan) los usuarios están indefensos y amenazados. El 3 de Enero de 2012 la Nación y la Ciudad acordaron una histórica transformación en la administración del sistema. CONTENIDO DISPOSITIVO DEL ACTA PERTINENTE1:
La NACION y LA CIUDAD ACUERDAN PRIMERO: La Ciudad ratifica en este acto la decisión de aceptar la transferencia de la Concesión de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. SEGUNDO: En consecuencia, la Ciudad asume, a partir de la firma del presente el control y fiscalización del contrato de concesión en su totalidad, como así también, el íntegro ejercicio de la potestad de fijar las tarifas del servicio, incluyendo la facultad de establecerlas por decisión unilateral. TERCERO: En este acto la Nación ofrece, y la Ciudad acepta, el pago de una suma de pesos TRESCIENTOS SESENTA millones ($ 360.000.000), de origen SIFER (SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO) en dentro de un plazo de doce meses, contados a partir de la firma del presente y como único aporte para el pago de subsidios por parte de la Nación la cual será abonada en 12 cuotas mensuales.
Ver el acuerdo completo en: http://www.todosporelsubte.com.ar/newfile/acta%20acuerdo%20nacion‐ ciudad%20traspaso%20subtes.pdf
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Efectivizado dicho aporte, los subsidios al servicio que correspondieren correrán por exclusiva cuenta de la Ciudad. En caso de que durante el año calendario 2012 se verificaran reducciones de necesidades de subsidios, los remanentes resultantes deberán ser aplicados a inversiones específicas en el servicio. CUARTO: La Ciudad se compromete a aplicar como método de percepción de boletos, el SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE). QUINTO: En este acto las partes designan, por la Nación a la Secretaría de Transporte, a través de la ...
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