Sucesion En Términos Fiscales
El procedimiento para llevar a cabo la sucesión puede realizarse de dos formas: a) b) Judicial: la sucesión se desarrolla ante un juez. Testamentaria: se plasma en un testamento público abierto y existe la posibilidad de tramitarla ante notario público.
En cualquiera de los casos debe nombrarse un albacea(representante legal de la sucesión) quien es un auxiliar para actuar en nombre y por cuenta de los herederos o legatarios en todo lo relativo a la defensa y administración de los bienes hereditarios. Asimismo, tienen como función ejecutar las disposiciones testamentarias y representar a la sucesión en juicio y fuera de el (artículos 1758 al 1835 CCES). Para dar inicio al procedimiento de sucesión ante lasautoridades fiscales el albacea deberá presentar junto con su aceptación del cargo dentro del mes siguiente al día que acepte dicho cargo lo siguiente: 1. 2. 3. 4. Formato RX “Formato de liquidación, fusión, escisión y cancelación del Registro Federal del Contribuyentes” Copia certificada y fotocopia del acta de defunción del expedida por el Registro Civil de la entidad federativa correspondiente.(Copia certificada para cotejo) Copia certificada del documento en el que el representante de la sucesión acepta el cargo. (Copia certificada para cotejo) En su caso, original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal.
Artículo 26 fracción VIII del Reglamento del Código Fiscal de laFederación (RCFF) VIII. El aviso de apertura de sucesión se presentará por el representante legal de la sucesión en el caso de que fallezca una persona obligada a presentar declaraciones periódicas por cuenta propia. La presentación de este aviso deberá realizarse después de aceptar el cargo y previamente a la del aviso de cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por liquidación de lasucesión. No se estará obligado a presentar el aviso a que se refiere esta fracción cuando la persona que fallezca hubiera estado obligada a presentar declaración periódica únicamente por servicios personales (salarios y prestación de servicios profesionales) o se encuentre en suspensión de actividades excepto, en este último caso, cuando el contribuyente tenga créditos fiscales determinados.
Elalbacea podrá seguir expidiendo los comprobantes fiscales (firmarlos también) que emitía el autor de la sucesión según el criterio normativo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) 17/2009/CFF Comprobantes fiscales. Sucesiones.
“Para efectos de los artículos 29, 29-A, 29-B y 29-C del Código Fiscal de la Federación, en el caso de fallecimiento de una persona, no se podrán seguir...
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