Teoria Pura Del Derecho Kelsen Primera Edicion
TE ORlA PURA
DEL DERECHO
1'radaaión de-la segunda edición
ROBERTO
lln
alemán, por
J.
VERNENGO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO MÉxIco 1982
DERECHO Y NATURALEZA
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considerado por ella como un traidor, lo que subjetivamente considera, y denomina, como una condena capital que hace cumplir por un hombre de confianza, objetivamente, desde el punto devista jurídico, no constituye la ejecución de una sentencia de muerte, sino un asesinato politico, aunque en cuanto al acontecer externo en nada se distinga del cumplimiento de una condena capital. Un acto -en cuanto se expresa a través de palabras verbalmente fonuuladas, o escritas- puede él mismo enunciar algo sobre su significado jurídico. En ello se encuentra una peculiaridad del material dadoal conocimiento juridico. Una planta nada puede transmitir sobre sí misma al investigador natural que la detenuina cientificamente. No intenta en forma alguna explicarse a sí misma desde un punto de vista cientifico natural. Pero un acto de conducta humana puede llevar muy bien consigo una autoatribución de significado jurídico; es decir: contener enunciación sobre lo que significa jurídicamente.Los hombres reunidos en un congreso pueden expresamente explicar que han dictado una ley; un hombre puede describir literalmente sus disposiciones de última voluntad como testamento; dos personas pueden declarar que inician un negocio jurídico. El conocimiento conceptual del derecho encuentra a veces ya una autocaraeterización jurídica del material, que se anticipa a la explicitación que cumpliráel conocimiento jurídico.
4. LA norma
a) LA norma como esquema de explicitación conceptual. El acontecimiento externo que, por su significación objetiva constituye un acto conforme a derecho (o contrario a derecho), es, pues, en todos los casos, en cuanto suceso que se desarrolla en el tiempo y en el espacio, sensiblemente perceptible, un trozo de la naturaleza y, en cuanto tal, detenuinadopor leyes causales. Sólo que ese suceso, en cuanto tal, como elemento del sistema de la naturaleza, no es objeto de un conocimiento específicamente jurídico, y, de esa súerte, no constituye en general nada que sea derecho. Lo que hace de ese acontecimiento un acto conforme a derecho (o contrario a derecho) no reside en su facticidad, en su ser natural -es decir: en su ser detenuinado por leyescausales, encerrado en el sistema de la naturaleza-, sino el sentido objetivo ligado al mismo, la significación con que cuenta. El acontecimiento en cuestión logra su sentido
específicamente jurídico, su significación propia en derecho, a través de una nonua que se refiere a él con su contenido, que le otorga significación en derecho, de suerte que el acto puede ser explicitado según esa nonua. Lanoml. funciona como un esquema de explicitación. En otras palabras: el enunciado de que un acto de conducta humana situado en el tiempo y el espacio es un acto de derecho (o, un acto contrario a derecho) es el resultado de una explicitación específica, a saber, una explicitación normativa. Puesto que también en
la concepción de que el acto exhibe un acontecer natural, sólo recibe expresión18
HANS XELSEN
una explicitación determinada, diferente de la normativa, a saber: una explicitaci6n causal- La norma, que otorga al acto el significado de un acto conforme a derecho (o contrario a derecho), es ella misma producida mediante un acto de derecho que, por su lado, nuevamente recibe su significación jurídica de otra norma_ Que un hecho sea la ejecución conforme a derecho de unasentencia de muerte, y no un homicidio, es una cualidad ésta -sensiblemente no perceptible- que aparece sólo a través de un proceso intelectual: a partir de la confrontación con un código penal y el código de procedimientos penales_ Que el intercambio de cartas, antes referido, signifique haber celebrado un contrato, proviene exclusiva y únicamente de que esa situación fáctica encaja en ciertas...
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