TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO A MUJER EMBARAZADA
Se analiza en forma breve en este escrito si es dable para una empresa, que se encuentra en proceso de liquidación, alegar esta condiciónpara no renovar el contrato a una de sus empleadas que tiene siete meses de embarazo.
El proceso de liquidación judicial está contenido en la Ley 1116 de 2006, por la cual se establece el régimen deInsolvencia empresarial. En su Artículo 50, establece los efectos de la apertura del proceso de liquidación, siendo una de ellas la establecida en el numeral 5 referido a la terminación de los contratosde trabajo, de conformidad con lo previsto en el C.S.T. Resalto particularmente la mención que hace la ley al respeto a la legislación laboral.
Al referirnos a aspectos laborales, de una mujer enestado de embarazo, corresponde analizar una temática adicional, enmarcada en una esfera de protección especial contenida en preceptos constitucionales y con desarrollo en el C.S.T. Acompañado todo ello,con un extenso desarrollo jurisprudencial.
Suficiente citar tres preceptos constitucionales: Inciso 3 del artículo 13, “El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condicióneconómica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.”; Articulo 43: “(…) Durante el embarazo y después delparto gozará de especial asistencia y protección del Estado,(…)”; y el Articulo 53 consagra igualmente la protección especial a la mujer y a la maternidad.
Así las cosas, se atiende a la especialprotección a la mujer embarazada consagrada constitucionalmente, desarrollada por el C.S.T., para concluir que es derecho fundamental de la mujer embarazada el derecho a la estabilidad laboral,independiente al tipo de contrato de trabajo (fijo o indefinido), aplicable incluso para un contrato de prestación de servicios. El hecho de que una empresa se encuentre en liquidación, no implica una...
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