terminacion de relacion laboral
Derecho laboral
Terminación de la relación laboral por mutuo acuerdo la responsiva patronal se traduce en pago de las prestaciones proporcionalesde vacaciones prima vacacional y aguinaldo y solo en el caso de que el trabajador tenga una antigüedad superior a 15 años tendrá derecho al pago de la prima de antigüedad consistente en el importe de12 días por cada año de servicios con un tope del salario mínimo solo si el trabajador gana más de 2 mínimos
Muerte del trabajador en este caso la responsiva patronal se da también pagar a losbeneficiarios del trabajador fallecido las vacaciones la prima vacacional el aguinaldo y la prima de antigüedad sin importar los años de servicios solo observando el tope de dos mínimos
Terminación de laobra o vencimiento del contrato en este caso el patrón debe pagar exclusivamente las partes proporcionales de las prestaciones que ya mencionamos es decir vacaciones prima vacacional y aguinaldo, nohay prima de antigüedad en el caso de la fracción V de incapacidad física o mental también es motivo de terminación de relación de trabajo y esta puede provenir de un riesgo de trabajo o de unaenfermedad no profesional si fuera el primer caso y el trabajador estuviese asegurado el imss le otorgara una incapacidad sea parcial o total y el pago de un subsidio (salario) y si se trata del segundocaso que es la enfermedad profesional independientemente de que este o no asegurado el patrón debe pagar un mes de salario y la prima de antigüedad.
Las indemnizaciones por la disolución de larelación laboral
Deacuerdo con la ley el trabajador que ha sido objeto de un despido injustificado tiene la opción de demandar ante la junta de conciliación y arbitraje ya sea, la reinstalación en suslabores o la indemnización respectiva. (aguinaldo , prima vacacional, vacaciones) articulo 48 LFD
Instituciones y sociedades mercantiles
Sociedades cooperativas de producción...
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