Termino constitucional de 72 horas
Una vez radicada (recibida) la causa penal por el titular del órgano jurisdiccional, desde luegotendrá que resolver lo que proceda, ya sea que radique la causa CON detenido o SIN detenido, y en ambos casos, desde luego que tendrá que resolver lo que proceda en un lapso que la propia ley señala. Cuando se radica una causa penal con detenido, la Carta Magna establece el "término constitucional" de 72 HORAS para resolver la situación jurídica del indiciado (aquí el nombre del sujeto activo deldelito, cambia de probable responsable a indiciado, ya que al momento de que se ejercita -por el M.P. investigador- en su contra la acción penal, es porque existen "indicios" que permiten presumir su participación en los hechos que la ley señala como delito); sujetándolo a proceso, dictando auto de formal prisión o decretando su libertad por falta de elementos.
A partir del plazo constitucional, esdecir de la radicación de la causa es cuando inicia propiamente dicho el PROCESO PENAL, que inicia con la preinstrucción, instrucción y juicio. Durante las etapas de preinstrucción e instrucción, se ofrecerán y desahogarán todos y cada uno de los medios probatorios necesarios y suficientes, para acreditar -o no- la responsabilidad del indiciado. Después de que se han desahogado todas laspruebas, se "cierra" el período de instrucción y se procede a emitir por las partes intervinientes, tanto el Ministerio Público ADSCRITO AL JUZGADO (que ya no es autoridad, sino parte del proceso y representa a la víctima) como el Indiciado o Inculpado junto con su Defensor (inculpado, porque el M.P. Adscrito emite conclusiones acusatorias) emiten sus Conclusiones y se turna la causa al período deJuicio.
Establecidas a grandes rasgos éstas generalidades del Proceso Penal, en el presente foro analizaremos a detalle los aspectos procesales y legales de:
TERMINO CONSTITUCIONAL DE 72 HORAS.
INSTRUCCIÓN.
PRUEBAS.
Se reitera la importancia de incluir los términos legales aplicables, así como de manera indefectible la fundamentación legal exactamente aplicable.
TERMINO CONSTITUCIONAL DE 72HORAS.
En la averiguación previa se tiene por objeto que el Ministerio Público recabe todas las pruebas e indicios que puedan acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado.
En caso de lograr esos extremos, el Ministerio Público ejerce la acción penal contra el probable responsable, a través del acto denominado de consignación, ante el juez penal competente.
Con laconsignación se inicia la primera etapa del proceso penal propiamente dicho, la cual se denomina: instrucción y que se subdivide, a su vez, en dos períodos: el primer período conocido como preinstrucción, que comprende desde el auto que indica el juez admitiendo la consignación y que se denomina de radicación o auto cabeza del proceso y hasta la resolución que el juzgador debe emitir, de acuerdocon el artículo 19 constitucional, en un plazo de 72 horas (prorrogable hasta por otras 72 horas, a petición del inculpado)( contado a partir de la consignación del detenido o de la aprehensión del imputado, en la cual debe decidir si debe procesarse o no a la persona consignada y, en caso afirmativo, precisar los hechos delictuosos por lo que deberá seguirse el proceso .
Auto de término...
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