Terremos
Art. 146 LISR.- …Se considera como ingreso el monto de la contraprestación obtenida:$500,000.00
Art. 148.- Son deducciones autorizadas la actualización del costo comprobado de adquisición: $100,000.00.
La diferencia entre el ingreso por enajenacióny las deducciones autorizadas, será la ganancia sobre la cual se calculará el impuesto.
Cómo se actualiza el costo de terrenos?
Art. 151.- … En el caso de terrenos elcosto de adquisición se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en el que se realizó la adquisición (Marzo 2000) y hasta el mes inmediato anterior aquél en elque se efectúe la enajenación (Abril 2007).
I.N.P.C. - - - - - ABRIL 2007 122.171
I.N.P.C. - - - - --- MARZO 2000 87.9840
Se divide el INPC del mes de junio entre elINPC del mes de marzo:
122.171
87.9840 = 1.3885 Factor de actualización
Valor de adquisición x factor de actualización:
$100,000.00 x 1.3885 = $138,850.00La RMF en la regla 3.15.1 otorga la posibilidad de actualizar las deducciones que señala el art. 148 de LISR, a través de factores fijos en razón del tiempo transcurridoentre la adquisición y la enajenación:
Marzo 2000 - Mayo 2007= Siete años
$100,000.00 x 1.40 (Tabla del Anexo 9) = $140,000.00
Art. 148.- El costo actualizado serácuando menos 10% del monto de la enajenación: Se toma el de mayor cantidad como costo comprobado de adquisición actualizado, para beneficiar al contribuyente,
La diferenciaentre el ingreso por enajenación y las deducciones autorizadas, será la ganancia sobre la cual se calculará el impuesto.
Valor de la enajenación (contraprestación) =
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