Trabajo de tributario
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS.
MORA.ESTADO LARA.
INTEGRANTES:
MARIA LORENA SOTELO CI.17.308.92
MARIELBA SUAREZ CI.18.654.445
HERLYNMONTERO CI. 12.081.908.
PROF: MINERVA PARRA.
MORA 13 DE OCTUBRE DE 2010
CONCEPTO
DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD:
Es la acción que se le impone a los imputables quehan perpetrado un delito. A tenor de lo dispuesto en el artículo 250 del Código orgánico procesal penal.
El Juez de control, a solicitud del Ministerio Público, podrá decretar laprivación de preventiva de libertad del imputado siempre que se acredite la existencia de:
Un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción no se encuentre evidentemente prescrita.
Fundados los elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión de un hecho punible.
Una presunción razonable, por la apariencia de las circunstancia delcaso particular de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un auto concreto de investigación.
Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la solicitud delfiscal, el Juez de control resolverá al pedimento realizado, en caso de estimar que concurren los requisitos previstos en estos artículos para la procedencia de la privación judicial preventiva delibertad, deberá expedir una orden de aprehensión del imputado contra quien solicito la medida.
La fuga del imputado o la obstaculización de la investigación podrían impedir que se concrete larealización del derecho material, no obstante con la detención “el riesgo cambia de manos y es el imputado quien lo corre”, de allí que se deben interpretar tales exigencias.
De concretarse la fugadel imputado, no sería posible su enjuiciamiento pues la vigente constitución no admite juicio en ausencia. A fin de analizar que tal riesgo se concrete y evitar su arbitrariedad en su apreciación,...
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