trabajo

Páginas: 21 (5011 palabras) Publicado: 7 de junio de 2013
1.) ¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR?
La Ley 27/2011 se publicó en el BOE del pasado 2 de agosto de 2011, pero lo relativo a la pensión de
jubilación entrará en vigor el 1 de enero de 2013
2.) ¿A QUÉ COLECTIVOS SE LES SEGUIRÁ APLICANDO LA NORMATIVA VIGENTE ANTES DE ENTRAR EN
VIGOR LA NUEVA LEY?
1. A quienes se les haya extinguido la relación laboral antes del 2 de agosto de 2011.
2. A quienes seles haya suspendido extinguido la relación laboral por convenios colectivos,
acuerdos de empresa, expedientes de regulación de empleo o por decisiones adoptadas en
procedimientos concursales aprobados o suscritos antes del 2 de agosto de 2011, aunque la
extinción de la relación laboral se haya producido antes o después del 1 de enero de 2013.
3. A quienes hayan accedido a la pensión dejubilación parcial antes del 2 de agosto de 2011.
3.) ¿QUÉ CAMBIA LA NUEVA LEY?
1. EDAD DE JUBILACIÓN ORDINARIA.- Pasa de 65 a 67 años, pero SE MANTIENE LA JUBILACIÓN A
LOS 65 AÑOS a quienes tengan 38,5 años cotizados.
2. AÑOS DE COTIZACIÓN.- Pasa de 35 a 37 años.
3. BASE REGULADORA.- Pasa de 15 a 25 años.
4. CUANTÍA DE LA PENSIÓN.- Nuevos tramos porcentuales en función a los añoscotizados.
5. DOS MODELOS DE JUBILACIÓN ANTICIPADA: Una a los 61 y otra a los 63 años.
4.) ¿QUÉ TIPOS DE JUBILACIÓN SE MANTIENEN?
1. JUBILACIÓN A LOS 60 AÑOS.- Para quienes cotizaron como mutualistas antes del 1 de enero de
1967.
2. JUBILACIÓN PARCIAL A LOS 61 AÑOS (o a los 60 para quien fuera mutualista antes del 1 de
enero de 1967).- Con contrato de relevo.
5.) ¿QUÉ TIPO DE JUBILACIÓNDESAPARECE?
Desde el 1 de enero de 2013 desparece la JUBILACIÓN ESPECIAL A LOS 64 AÑOS, recogida en el RD
1194/85 como medida de fomento de empleo.4
Y OTRAS NOVEDADES
6.) SISTEMA TRANSITORIO
Aplicación paulatina de 2013 a 2027:
• De los periodos cotizados desde los 35 años a los 38 años y 6 meses. (Partiendo de los 35 años
se suman 3meses más cada año entre 2013 y 2027, excepto en 2026 que se mantiene igual tiempo que en
2025).
• De la edad exigida de jubilación desde los 65 a los 67 años. (La jubilación se llevará a cabo
sumando a los 65 años un mes más cada año desde 2013 a 2018 y dos meses más cada año entre 2019 y
2027).5
Y OTRAS NOVEDADES
7.) SISTEMATRANSITORIO
Aplicación paulatina de 2013 a 2022 del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación desde
los 15 años a los 25, (teniendo en cuenta que la base reguladora de la pensión será el cociente de dividir la suma
de las bases de cotización de los “x” meses inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación por el número
de meses correspondiente indicado en la siguientetabla).
8.) SISTEMA TRANSITORIO
Aplicación paulatina de 2013 a 2027 del porcentaje de pensión, por pasar de 35 a 37 años para tener
derecho al 100% de la base reguladora:6
Y OTRAS NOVEDADES
9.) JUBILACIÓN ANTICIPADA
A LOS 60 AÑOS.- Se mantiene en idénticas condiciones el acceso a la jubilación a partir de los 60 años
quienes tuvieranla condición de mutualistas el 1 de enero de 1967, con el 8% de reducción por cada
año o fracción de anticipación de la jubilación, excepto en los supuestos de quienes tuvieran más de 30
años cotizados y hubieran cesado en el trabajo por causa involuntaria, que tendrán los siguientes
porcentajes de reducción en la pensión:
AÑOS COTIZADOS PORCENTAJE DE
REDUCCIÓN
Entre 30 y 34 años7,5 %
Entre 35 y 37 años 7%
Entre 38 y 39 años 6,5%
Con 40 o más años 6%
10.) JUBILACIÓN ANTICIPADA
A LOS 61 AÑOS.- Trabajadores que hayan cesado en el trabajo por causa involuntaria por despido
colectivo u objetivo sólo por causas económicas, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario
individual o por la existencia de fuerza mayor. Además tengan 33 años efectivamente...
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