tramites legales
La imposibilidad de negociar valoresen el mercado público. Las acciones y los demás valores que emita la SAS., no podrán inscribirse en el registro nacional de valores y emisores ni negociarse en bolsa.
Las SAS no pueden serutilizadas para el desarrollo de actividades donde la ley exige un determinado tipo societario, como es el caso de las entidades financieras.
Por su flexibilidad en la constitución y forma deadministración pueden prestarse para que personas inescrupulosas, desvirtúen la figura y a través de ellas se cometan actividades ílicitas.
Adicionalmente el modelo SAS, desde su creación ha establecido unsistema de mayorías que en muchas ocasiones resultan desfavorables para los accionistas pues se puede convertir en una anarquía de los minoritarios pues se solicita su aprobación para ciertasdecisiones.
La norma general establece
Las determinaciones se adoptarán mediante el voto favorable de un número singular o plural de accionistas que represente cuando menos la mitad más una de lasacciones presentes, salvo que en los estatutos se prevea una mayoría decisoria superior para algunas o todas las decisiones.
ARTÍCULO 29. REFORMAS ESTATUTARIAS. Las reformas estatutarias se aprobarán porla asamblea, con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones presentes en la respectiva reunión.
Lo que hemos denominado la anarquiade las minorias se presentan en lo siguientes casos.
Decisión de transformación a SAS, o de SAS a otro tipo social.
ARTÍCULO 31. TRANSFORMACIÓN. Cualquier sociedad podrán transformarse en...
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