Tratado De Libre Comercio Mexico-Bolivia
Tratado de Libre Comercio Bolivia-México (ACE Nº 31)
Objetivos
Signatarios
Fecha de Firma del
Tratado
Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato
nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes: (i) estimular la expansión ydiversificación
del comercio entre las Partes; (ii) eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios entre las
Partes; promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes; (iii) aumentar sustancialmente las
oportunidades de inversión en los territorios de las Partes; (iv) proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los
derechos depropiedad intelectual en territorio de cada Parte; (v) establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre
las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminados a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado; y
(vi) crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y
para la solución de controversias.
Bolivia yMéxico.
10 de Septiembre, 1994
En el Preámbulo:
EMPRENDER todo lo anterior de manera congruente con la protección y la conservación del ambiente;
Provisiones
Ambientales
dirigidas a
Preocupaciones
Ambientales
REFORZAR la elaboración y la aplicación de leyes y reglamentos en materia ambiental;
PROMOVER el desarrollo sostenible;”
Segunda Parte: Comercio de Bienes – Capitulo IIITrato Nacional y Acceso de Bienes al Mercado - Sección DArtículo 3-13: Publicación y notificación.
Cada Parte identificará en términos de las fracciones arancelarias y de la nomenclatura que les corresponda conforme a
sus tarifas respectivas, las medidas, restricciones o prohibiciones a la importación o exportación de bienes por razones de
seguridad nacional, salud pública, preservación de la florao fauna, preservación del ambiente, sanidad fitopecuaria,
Departamento de Desarrollo Sostenible
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Organización de los Estados Americanos
normas, etiquetas, compromisos internacionales, requerimientos de orden público o cualesquiera otras regulaciones.
Segunda Parte: Comercio de Bienes – Capitulo IV Sector Agropecuario y Medidas Zoosanitarias y FitosanitariasSección B- MedidasZoosanitarias y Fitosanitarias- Artículo 4-14 (f) Evaluación del riesgo y nivel apropiado de
protección zoosanitaria y fitosanitaria
(f) las condiciones ecológicas y otras condiciones ambientales que deban considerarse
Cuarta Parte: Barreras Técnicas al Comercio – Capítulo XIII: Medidas de Normalización- Artículo 13-04
Confirmación de derechos y obligaciones internacionales
Las Partes confirman susderechos y obligaciones vigentes relativos a medidas de normalización emanados del GATT y de los demás tratados
internacionales de los cuales las Partes sean parte, incluidos los tratados sobre salud, ambiente y conservación.
Cuarta Parte: Barreras Técnicas al Comercio – Capítulo XIII: Medidas de Normalización - Artículo 13-05.2
Obligaciones y derechos básicos
Cada Parte podrá elaborar,adoptar, aplicar y mantener las medidas de normalización que permitan garantizar su nivel de protección de la vida o la
salud humana, animal o vegetal, del ambiente o para la prevención de prácticas que puedan inducir a error al consumidor, así como las medidas
que garanticen la aplicación y cumplimiento de esas medidas de normalización, incluyendo los procedimientos de aprobación pertinentes.Cuarta Parte: Barreras Técnicas al Comercio – Capítulo XIII: Medidas de Normalización - Artículo 13-07.1 y 2
Evaluación del riesgo
1. Cada Parte podrá llevar a cabo evaluaciones del riesgo en su territorio siempre que ello no tenga la finalidad o el efecto de crear obstáculos
innecesarios al comercio entre ellas. Al hacerlo, tomará en consideración los métodos de evaluación del riesgo...
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