Valor Patrimonial Proporcional

Páginas: 18 (4477 palabras) Publicado: 12 de julio de 2012
TRABAJO PRÁCTICO DE CONTABILIDAD 3






TEMA: VALOR PATRIMONIAL PROPORCIONAL



















PROFESORA: NATALIA CHITARRONI

TRABAJO REALIZADO POR: DAVID BOTTAZZI














Cuando analizamos las normas de medición de inversiones que se asimilan al concepto de títulos y acciones que puede poseer un ente de otro, en general se presentan de lasiguiente manera:

|Inversiones corrientes |Con cotización |A su valor neto de realización, que se |
|Cuando la intención del ente sea venderlas| |pueden asimilar al valor de cotización des|
|dentro del plazo de un año. | |contado gastos.|
|Puede contemplarse que ese plazo sea mayor| | |
|en caso que circunstancias especiales lo | | |
|justificaran. | ||
| |Sin cotización |A su valor corriente admitiéndose si fuese|
| | |de difícil obtención la medición a costo |
| | |histórico.|
|Inversiones no |Si los votos otorgan in |Método del valor patrimonial proporcional.|
|corrientes |Fluencia significativa, control absoluto o| |
| |control conjunto. | || |Si los votos no otorgan influencia |A su costo histórico. |
| |significativa, ni control absoluto, ni | |
| |control conjunto. | |En todos los casos la medición no podrá superar el valor recuperable de la misma.
El tema de este trabajo es la utilización del método del valor patrimonial proporcional y su relación con la contabilización de las inversiones y los requisitos de exposición que se deban cumplir.
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias
Económicas (F.A.C.P.C.E.) aprobó, en diciembre del 2002,la Resolución Técnica Nº 21 que trata los siguientes temas:

➢ Valor Patrimonial Proporcional.
➢ Consolidación de Estados Contables.
➢ La información a exponer sobre partes relacionadas.

Esta resolución reemplaza a las Resoluciones Técnicas Nros. 4 (Estados
Consolidados) y 5 (Método del Valor Patrimonial Proporcional).
En la mayor parte de los Consejos Profesionales del paísfue puesta en vigencia el 1º de abril del año 2003; tal como sugería la Resolución
Técnica Nº 21, con excepción del Consejo Profesional de Ciencias Eco nómicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.) que la adoptó con algunas modificaciones y en una fecha posterior. En ese período la relación entre ambas instituciones era de gran tirantez no siendo el Consejo Profesional deCiencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un Consejo afiliado a la Federación y contando con un juego de normas contables específicas para su jurisdicción.
A partir de la Resolución Nº 93/2005 (C.D.), paso inicial del proceso de unificación de normas contables en todo el país, y de la reincorporación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...
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