Venezuela en la Historia
¿ANÁLISIS?
ANÁLISIS
INTERPRETACIÓN LEGAL: Al revisar la circular 006696,observarán que habla de aprobar áreas. Según las autoridades zonales, las áreas a las cuales se refiere, son las del curriculum bolivariano, el cual no está legalmente establecido en la L.O.E. 2009, peroel Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (aún vigente, en lo que no colide con la ley del 2009), establece en sus articulos 99 y 100 que la evalución en la Educación Media, se deberealizar por asignaturas (textualmente asignaturas).
En conclusión, la mencionada circular 006696 es aplicable sólo en las asignaturas eminentemente prácticas (Educación para el Trabajo: Comercio, Dibujo,Hogar, Metales, Madera, Informática, entre otras); efectivamente, si un estudiante de bachillerato le queda Educación para el Trabajo que consta de 2 programas, pasa al año inmediatamente superior ydeberá cursar esas materias pendientes (sólo en Educacion para el Trabajo, en las demás asignaturas no procede la circular.
Luego aparece la circular 006607 que regula las revisiones en lasasignaturas eminentemente prácticas, como también lo establece la circular 006696... Es decir, las circulares 006696 y la 006697 se complementan.
Otro detalle legal, es que las circulares fueron firmadaspor la Ministra, el 2 de agosto del 2012 y el Año Escolar culminó en julio... La ley no es retroactiva….. De ser aplicable lo allí planteado, deberia ser a partir del año escolar 2012 – 2013.INTERPRETACIÓN DEL MPPE: Estudiante que tenga dos materias o áreas reprobadas (según como se trabaje en el liceo, por áreas o por asignaturas) debe ser inscrito en el siguiente nivel inmediato...
Losplanteles que redacten algún documento contratrio a ésta interpretación y que sea presentado en Zona Educativa, deben ser tildados de resistentes y deberán ser llamados a una reunión del mismo eje...
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