A Jornada Maxima Para Los Practicantes Preprofesionales Es De 06 Horas Diarias O De 30 Semanales
Los beneficios varian segun el tipo de practicas , sin embargo las empresas cuenta con las siguientes obligaciones de manera general : 1. Adoptar y cumplir los planes y programas querijan la formación respectiva.
2. Proporcionar la dirección técnica y los medios necesarios para la formación laboral
en la actividad materia del convenio.
3. Pagar puntualmente la subvenciónmensual convenida.
4. Otorgar el descanso semanal y feriados no laborables debidamente subvencionados.
5. Otorgar un descanso de quince (15) días debidamente subvencionado cuando la
duraciónde la modalidad formativa sea superior a doce (12) meses.
6. Otorgar al beneficiario una subvención adicional equivalente a media subvención
económica mensual cada seis meses de duracióncontinua de la modalidad formativa.
7. No cobrar suma alguna por la formación.
8. Cubrir los riesgos de enfermedad y accidentes a través de EsSalud o de un seguro
privado con una coberturaequivalente a catorce (14) subvenciones mensuales en caso
de enfermedad y treinta (30) por accidente.
9. Brindar las facilidades para que la persona en formación que desee se afilie
facultativamentea un sistema pensionario.
10. Emitir, cuando corresponda, los informes que requiera el Centro de Formación
Profesional en que cursa estudios el aprendiz, practicante, pasante obeneficiario.
11. Otorgar el respectivo certificado al término del período de la formación que precise
las capacidades adquiridas y verificadas en el desempeño efectivo de las labores dentro
de laempresa.
Recuerda que tambien puedes realizar tus preguntas en nuestro servicio de consultas telemáticas ( http://bit.ly/1iNHoA2) o llamando al 0800-16872.
*Tildes omitidas intencionalmente.
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