D.S. 211 de 15 de julio de 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
• Que el Artículo 1 de la Ley Nº 3507, de 27 de octubre de2006, dispone que la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC es la encargada de la planificación y gestión de la Red Vial Fundamental, siendo este su mandato legal y social, en el marco delfortalecimiento del proceso de descentralización.
• Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 28946, de 25 de noviembre de 2006, establece como misión institucional de la ABC la integración nacional mediantela planificación y la gestión de la Red Vial Fundamental, las cuales comprenden actividades de: planificación, administración, estudios y diseños, construcción, mantenimiento, conservación y operaciónde la Red Vial Fundamental y sus accesos, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de la gestión pública nacional, con el fin de contribuir al logro de servicios de transporte terrestreeficientes, seguros y económicos.
• Que dentro del presupuesto de la ABC se encuentran comprometidos recursos con varios organismos financiadores, entre otros, CAF, BID, EXIMBANK-Korea, Venezuela, BancoMundial, Brasil (PROEX), Italia, Fondo Nórdico, OPEC, Unión Europea, FONPLATA, tanto para gastos de funcionamiento (Fortalecimiento Institucional y fiscalización de obras), como para los diferentesprogramas y/o proyectos de preinversión e inversión.
• Que los procẹdimientos para el desembolso de recursos con crédito externo no son inmediatos, aspecto que genera retrasos en la ejecución de losproyectos y obras programados por la ABC.
• Que en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de la gestión pública por resultados, la ABC tiene la misión institucional de integrar el país a través de laejecución de proyectos de construcción, mantenimiento y rehabilitación de las carreteras de la Red Vial Fundamental.
• Que para el logro de la misión institucional de la ABC se ha visto la necesidad...
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