Concesion
CUARTO Addendum al Título de Concesión otorgado en favor de la empresa Administración Portuaria Integral de Quintana Roo, S.A. de C.V., para el uso, aprovechamiento y explotación de bienes de dominio público de la Federación y de las obras e instalacionespropiedad del Gobierno Federal.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaríade Comunicaciones y Transportes.
CUARTO ADDENDUM AL TÍTULO DE CONCESIÓN, QUE EN FECHA 30 DE JUNIO DE 1994, OTORGÓ EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES EN ADELANTE "LA SECRETARÍA", EN FAVOR DE LA EMPRESA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA INTEGRAL DE QUINTANA ROO, S.A. DE C.V., EN ADELANTE "LA CONCESIONARIA", PARA EL USO, APROVECHAMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE BIENES DEDOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN Y DE LAS OBRAS E INSTALACIONES PROPIEDAD DEL GOBIERNO FEDERAL, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Concesión Integral. Con título de fecha 30 de junio de 1994, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 de agosto del mismo año, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECRETARÍA", otorgó a "LA CONCESIONARIA" un Título de Concesión para laAdministración Portuaria Integral de los puertos de Isla Cozumel, Chetumal, Puerto Juárez, Puerto Morelos e Isla Mujeres, en el Estado de Quintana Roo, para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes de dominio público de la Federación y de las obras e instalaciones propiedad del Gobierno Federal, así como para la construcción de marinas, terminales e instalaciones portuarias y laprestación de los servicios portuarios en losmencionados puertos.
II. Primer Addendum y Modificación a la Concesión Integral. Mediante Addendum de fecha 18 de junio de 1999, publicado el día 30 de julio de ese mismo año en el Diario Oficial de la Federación, "LA SECRETARÍA" modificó la Condición Octava de la Concesión Integral, con el objeto de ampliar a 10 años, la obligación de "LA CONCESIONARIA"deenajenar las acciones de su capital social, y adicionó también una nueva Condición Trigésimo Primera bis, relativa a la garantía de cumplimiento, consistente en el otorgamiento de una fianza en la que se designa como beneficiario al Gobierno Federal.
III. Segunda Modificación a la Concesión Integral. El 20 de octubre de 1999, mediante el correspondiente título, se modificó y amplió el áreaconcesionada, relativa al polígono de "Punta Langosta", dentro del recinto portuario del puerto de Isla Cozumel, Quintana Roo, mismo que fue publicado el día 17 de noviembre del citado año.
IV. Tercera Modificación a la Concesión Integral. Con fecha 9 de abril de 2002, se modificó el primer párrafo de la Condición Primera del citado título, para incorporar el puerto de Banco Playa, en la Islade Cozumel, Quintana Roo, a la Concesión Integral, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 del mismo mes y año.
V. Cuarta Modificación a la Concesión Integral. El 10 de febrero de 2003, se modificó el primer párrafo de la Condición Primera de la Concesión Integral, a fin de incorporar al objeto de la misma, la terminal de uso público fuera del puerto denominado "PuntaVenado", en el Estado de Quintana Roo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2003.
VI. Quinta Modificación a la Concesión Integral. Con fecha 16 de abril de 2007, se modificó el primer párrafo de la Condición Primera de la Concesión Integral, para la administración portuaria integral de los puertos y terminales de uso público fuera de puerto de Isla Cozumel (que incluyeBanco Playa así como la zona marítima que tenía "LA CONCESIONARIA" al amparo del Permiso No. 02.13.06 de 6 de abril de 2006, para la operación de zonas de fondeo de uso público), Chetumal, Puerto Juárez (que incluye Punta Sam), Puerto Morelos, Isla Mujeres, Playa del Carmen, Punta Venado (excepto el área concesionada a Calizas Industriales del Carmen, S.A. de C.V.) y los demás puertos y...
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