Contrato Colectivo: Análisis En La Legislación Paraguaya
CONTRATO COLECTIVO DE CONDICIONES DE TRABAJO
ANÁLISIS
I- PARTES DEL CONTRATO
La Entidad Itaipu Binacional, como empleadora y el Sindicato Sichap (Sindicato de ingenieros de centrales hidroeléctricas del Alto Paraná), como trabajadora
II- ACREDITACIONES
La Entidad Itaipu Binacional, constituida en lostérminos del artículo III del Tratado suscrito entre la República del Paraguay y la República Federativa del Brasil, el 26 de abril de 1973, con domicilio legal en la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, calle de la Residenta N° 1075, representada por su Director General Paraguayo GUSTAVO CODAS FRIEDMANN, paraguayo, casado, Economista, con Cédula de Identidad Civil N° 520.592.,domiciliado en el Área 1, Manzana L, lote 28, de Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay; y por su Director Administrativo Ejecutivo CONSTANCIO MENDOZA ORTIZ, paraguayo, casado, Abogado, con Cédula de Identidad Civil N° 1.165.972, domiciliado en el Área 1, Manzana H. Lote 01, de Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay.
El Sindicato Sichap (Sindicato de Ingenieros de Centrales Hidroeléctricas delAlto Paraná), con domicilio legal ubicado en la Avda. Campo Vía y Atanasio Riera, Edificio Lago Sur, primer piso, oficina N°6, de Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay, representado por su Secretario General LUIS MARIANO RODRÍGUEZ LÓPEZ, paraguayo, casado, Ingeniero Mecánico, con Cédula de Identidad N° 660.711, domiciliado en la Avda. Listo Valois- Edificio Rodríguez, Apartamento 2, de Ciudaddel Este; y por su Secretario de Actas y Relaciones ERNESTO AYALA BÁEZ, paraguayo, soltero, Ingeniero Electromecánico, con Cédula de Identidad N° 694.096, domiciliado en Área 4, Manzana 5, Lote 4, de Ciudad del Este, Alto Paraná, Paraguay.
III- RESOLLUCIÓN POR LA CUAL SE HOMOLOGA Y REGISTRA
Resolución N° 275, por la cual se Homologa, Legaliza y Registra el Contrato Colectivo deCondiciones de Trabajo suscripto entre la Itaipu Binacional y el Sindicato de Ingenieros de Centrales Hidroeléctricas del Alto Paraná (Sichap). En Asunción, el 27 de marzo de 2012.-
IV- VIGENCIA
Art. 2: el presente Contrato Colectivo de Condiciones de Trabajo tendrá vigencia a partir del 1 de mayo del año 2011 hasta el 30 de abril del año 2012.
V-BENEFICIOS OTORGADOS
Capítulo III
JORNADAS LABORALES
Código del Trabajo Art. 194: la jornada ordinaria no podrá exceder de 8 horas diarias y 48 horas semanales.
Contrato Art. 11: la jornada normal de trabajo será de 40 horas semanales.
Consideramos que es un beneficio trabajar menos de las 8 horas diarias legales e igualmente percibir el Salario Mínimo Vigente. (O incluso, más)Capítulo IV
HORAS EXTRAORDINARIAS
Código del Trabajo Art. 234: las horas extraordinarias de labro serán pagadas con un 50% por lo menos, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria. Horas extraordinarias nocturnas, 100% de recargo. Horas extraordinarias feriados, 100% de recargo.
Contrato Art. 17, inc. d): las horas extraordinarias nocturnas en domingos y feriados: 130% derecargo.
Capítulo VII
TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO
Código del Trabajo Art. 91 y Art. 92 inc. b): En caso de despido sin justa causa dispuesto por el empleador, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a quince salarios diarios por cada año de servicio o fracción superior aseis meses. La indemnización que corresponde se calculará tomando como base el promedio de los salarios devengados por el trabajador, durante los últimos seis meses que tenga vigencia el contrato.
Contrato Art. 23: la indemnización por Tiempo de Servicio será pagada al trabajador, salvo justa causa de despido imputable al mismo, conforme a la siguiente regla:
a) Para el trabajador cuya...
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