Introduccion Practica en los Contratos de Locacion
Contratos de Locación
Temario
LOCACION EN EL CODIGO CIVIL
LEY APLICABLE (23091)
TIPOS DE CONTRATOS: VIVIENDA Y COMERCIAL
PLAZOS
MONEDA DE PAGO
MONTO DEL ALQUILER (LEY DE EMERGENCIA
ECONOMICA)
DEPOSITO DE GARANTIA
FIADORES
CERTIFICACION DE FIRMAS
RESCISION
RESOLUCION
INDEMNIZACION POR RESOLUCION ANTICIPADA
ESCRITO DE RESCISION Y ENTREGA DE LLAVES
CONVENIO DE DESOCUPACIONCOMODATO
Carpeta de Comercialización
Fotocopia de titulo de propiedad. *
Boleta de ABL.
Recibo de pago de expensas.
Fotocopia de reglamento de Copropiedad.*
Fotocopia de planos.
Informes de dominio
Autorización de Alquiler*
DEFINICION DE LOCACION (Art. 1493 C.C)
Art. 1493 Cod. Civ.: Habrá locación, cuando dos partes se obliguen
recíprocamente, una a conceder el uso o goce de una cosa, o aejecutar una obra, o prestar un servicio; y la otra a pagar por este uso,
goce, obra o servicio un precio determinado en dinero.
El que paga el precio, se llama en este código "locatario",
"arrendatario" o "inquilino", y el que lo recibe "locador" o
"arrendador". El precio se llama también "arrendamiento" o alquiler.
PARTES QUE INTERVIEN EN UNA LOCACION
LOCADOR: Es el que recibe el precio ( nosiempre debe ser el
propietario ( ejemplo usufructuario).
LOCATARIO: Es el que paga el precio.
Art. 1.512. El copropietario de una cosa indivisa, no puede arrendarla, ni aun
en la parte que le pertenece, sin consentimiento de los demás partícipes.
Tanto locador como locatario pueden ser personas físicas o jurídicas.
La documentación requerida será la misma que utilizamos para la firma
de un boletode compraventa
Locación y usufructo
Art. 2.870. El usufructuario puede dar en arriendo el
usufructo…... Los contratos que celebre terminan al fin
del usufructo.
Si celebramos un contrato de locación por el termino de
diez años y el usufructuario fallece a los cinco años de la
celebración el contrato, este finaliza el día del
fallecimiento del usufructuario. (local comercial –
inversión)CODIGO CIVIL
Art. 1.496. Los derechos y obligaciones que nacen del
contrato de locación, pasan a los herederos del locador
y del locatario..
Art. 1.497. El locador no puede rescindir el contrato por
necesitar la cosa para su propio uso, o el de su familia.
Art. 1.498. Enajenada la finca arrendada, por cualquier
acto jurídico que sea, la locación subsiste durante el
tiempo convenido.(venta – subasta)LEY 23091 y SUS MODIFICACIONES
ART. 1 Instrumentación
Los contratos de locaciones urbanas, así como también
sus modificaciones y prórrogas, deberán formalizarse por
escrito. Cuando el contrato no celebrado por escrito haya
tenido principio de ejecución, se considerará como plazo
el mínimo fijado en esta ley y el precio y su actualización
los determinará el juez de acuerdo al valor y práctica deplaza.
LEY 23091 Y SUS MODIFICACIONES ART. 1
MONEDA DE PAGO. (Ley 25561 emergencia Económica)
En todos los supuestos, los alquileres se establecerán en
moneda de curso legal al momento de concertarse. Será nula,
sin perjuicio de la validez del contrato, la cláusula por la cual
se convenga el pago en moneda que no tenga curso legal. En
este caso, el precio quedará sujeto a determinaciónjudicial.
Pesos: Es la moneda de pago mas utilizada, en la mayoría de los
contratos de locación para vivienda y comercio nos vamos a
encontrar con esta moneda de pago.
Dólares estadounidenses: En algunas zonas es habitual
encontrarnos con esta moneda de pago tanto para vivienda como
para comercio, Ej. calle Florida muchos contratos se realizan en
dólares. (Es importante recordar que la ley deconvertibilidad no se
derogó en su totalidad por lo que es lícito contratar en dólares)
LEY 23091 Y SUS MODIFICACIONES
ART. 2 PLAZOS
Para los contratos que se celebren a partir de la vigencia de la presente ley, el plazo mínimo de
la locación con destino a vivienda, con o sin muebles, será de dos años. Dicho plazo
mínimo será de tres años para los restantes destinos.
Los contratos que se celebren por...
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