jurisprudencia de violacion
Del artículo 182 de la Ley de Amparo se advierte, entre otras hipótesis, que el amparo adhesivo podrápromoverlo quien obtuvo sentencia favorable en sede ordinaria para que, ante el juicio de amparo promovido por su contraparte, exprese los agravios tendientes a mejorar la resolución judicial con el propósitode que el acto reclamado subsista en sus términos y adquiera mayor fuerza persuasiva. Así, dicha pretensión es accesoria del juicio de amparo directo principal y, por tanto, de no prosperar éste, seapor cuestiones procesales o por desestimarse los conceptos de violación, el quejoso adherente ve colmada su pretensión, consistente en la subsistencia del acto reclamado y, consecuentemente, el amparoadhesivo debe declararse sin materia.
PRIMERA SALA
Contradicción de tesis 32/2014. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del DécimoPrimer Circuito, y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito. 28 de mayo de 2014. La votación se dividió en dos partes: mayoría de cuatro votos por la competencia. Disidente: José RamónCossío Díaz. Unanimidad de cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Jorge MarioPardo Rebolledo, en cuanto al fondo. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar.
Tesis y/o criterios contendientes:
El Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y deTrabajo del Décimo Primer Circuito, al resolver los juicios de amparo directo 522/2013, 450/2013, 551/2013, 715/2013 y 808/2013, que dieron origen a la tesis de jurisprudencia XI.1o.A.T. J/4 (10a.),...
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