Licenciada
Los órganos jurisdiccionales cumplen con una función la cual les ha sido encomendada por mandato constitucional, como es la de la impartición de justicia, funciónque en la práctica es ejercida por la persona física dotada de jurisdicción y competencia para declarar el derecho a favor de alguna de las partes participantes en las contienda procesal, a través deuna resolución denominada sentencia, considerándose esta como el acto jurisdiccional que pone fin al proceso de una forma total o bien parcialmente.
En la práctica esta actividad de declarar elderecho tiene el fin de determinar respecto de lo que se estima justo a este respecto, debemos de” observar que la justicia es un valor imbíbito en las resoluciones judiciales, pero no debemos dedesconocer que el juzgador es un acatador de las normas jurídicas que lo rigen. En este sentido se piensa que si la ley fuera inmjusta y el juez tuviera que resolver conforme a ella no podría dejar deaplicarla so pretexto de que es injusta”1.
1. Carlos Arellano García. Derecho Procesal Civil. Edit..Porrúa. México. 2003. Pág.441.
La práctica Judicial “está vinculada a dos principios el dereserva y el de exhaustividad. El primero de estos principios el de reserva recogido en el art. 117-3º de la Constitución española de 1978 establece que la potestad jurisdiccional está encomendada concarácter exclusivo al poder judicial de manera tal que ningún otro órgano público ni privado, bajo ningún concepto y ninguna circunstancias, puede asumir la tarea de juzgar y consecuentemente deimponer penas o castigos” 2
2. Milagros Otero Parga. Cuestiones de Argumentación Jurídica. Edit.. Porrúa. ;México. Pág. 18.
Para efecto de que el Juzgador pueda ejercer esta práctica, uno de losrequisitos fundamentales es mantener su independencia. “La independencia de la justicia está ligada indisolublemente a la función social que cumple. Esta independencia que es sin duda uno de los puntos...
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