manual de derecho administrativo, balbin
Por ello, LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
Ministerio de Seguridad
FUERZAS DE SEGURIDAD
Resolución 506/2013 Cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad. Pautas de Intervención para determinadas situaciones. Bs. As., 31/5/2013
VISTO y CONSIDERANDO:
Que las normas internacionales en materia de Derechos Humanos y las recientes modificaciones en lalegislación argentina han avanzado en el reconocimiento y ampliación de derechos a grupos más vulnerados y en especial al colectivo de personas con algún tipo de discapacidad mental.
Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley Nº 26.378, reconoce titularidad de derechos y ejercicio pleno en condiciones de igualdad para las personas con discapacidad.
Que, a suvez, la Ley de Protección de la Salud Mental Nº 26657 vino a saldar una deuda histórica del ESTADO NACIONAL con este colectivo de personas usuarias del sistema de salud mental, resultado de la lucha de numerosas organizaciones vinculadas a la temática, usuarios/as y sus familias.
Que dicha ley tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y elpleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional por imperio del artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional.
Que a fin de adecuar las intervenciones de los CUERPOS POLICIALES y de las FUERZAS DE SEGURIDAD a la normativainternacional y a la Ley de Protección de la Salud Mental Nº 26.657, el MINISTERIO DE SEGURIDAD emprendió la tarea de revisión de los criterios de intervención casos que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias con riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.
Que así mediante MS Nº 16853/11 se solicitó a la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, ala PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, a la GENDARMERIA NACIONAL y a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA la totalidad de las regulaciones vigentes para la intervenciones policiales en situaciones de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros de personas con presunto padecimiento mental, los cuales fueron revisados a la luz de la normativa en materia de protección de los derechos humanos.
Queposteriormente el MINISTERIO DE SEGURIDAD elaboró un documento con nuevos criterios de intervención para casos que involucran a personas con presunto padecimiento mental o en situación de consumo problemático de sustancias con riesgo cierto e inminente para sí o para terceros que en una primera instancia fue consultado a las dependencias competentes del MINSITERIO DE SALUD y de la SECRETARIA DEPROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO (SEDRONAR) y que, luego, fue discutido en una reunión de trabajo con organismos estatales, de la sociedad civil y representantes de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad.
Que la labor de revisión de los criterios de intervención de los CUERPOS POLICIALES y de las FUERZAS DE SEGURIDAD recibió los comentarios yaportes de la DIRECCION NACIONAL DE SALUD MENTAL del MINISTERIO DE SALUD, de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO (SEDRONAR); de la DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACION, el INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO(INADI); de la DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION; de LA ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS); de la RED POR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (REDI); del CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS); y representantes de la academia.
Que la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.
Que la MINISTRA DE SEGURIDAD es...
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